Nación

Senado impugna resolución de ministro Laynez

Mesa Directiva interpuso dos recursos de reclamación, dicen fuentes de Cámara Alta

El Senado de la República consideró que el ministro Javier Laynez Potisek se extralimitó en sus funciones y atribuciones. Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
04/04/2023 |04:33
Víctor Gamboa
Reportero de la sección NaciónVer perfil

El Senado de la República impugnó la suspensión al plan B de la reforma electoral por tiempo indefinido, que concedió el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek, al Instituto Nacional Electoral (INE).

Aunque reaccionaron con hermetismo, fuentes del Senado confirmaron que la Mesa Directiva interpuso dos recursos de reclamación, al considerar que el ministro se extralimitó en sus funciones y atribuciones. El primer recurso es contra la suspensión a la aplicación de la reforma y el segundo contra la decisión de dar entrada a la controversia constitucional del INE.

Aunque confirmaron la presentación de ambos recursos, mismos que fueron elaborados por el área jurídica del Senado, las fuentes consultadas rechazaron ofrecer detalles, al señalar que por el momento los documentos se consideran información reservada, hasta que cauce sentencia firme.

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El pasado 24 de marzo, la Suprema Corte de Justicia, a través del ministro instructor, Javier Laynez, admitió a trámite la controversia constitucional interpuesta por el Consejo General del INE y concedió la suspensión, que aplica a todos los artículos impugnados del “Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral”, publicado el pasado 2 de marzo en el Diario Oficial de la Federación.

El ministro instructor concedió la suspensión solicitada por el INE, respecto de todos los artículos impugnados del decreto, “con el fin de que las cosas se mantengan en el estado en que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la reforma”.

Explicó que la suspensión fue concedida, ya que el decreto impugnado no sólo tiene normas de carácter general, sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales generalmente se otorga la protección de la ley.

Además, en controversias constitucionales, “la Corte ha concedido la suspensión cuando se pudiera afectar de manera irreparable a los derechos humanos, y en este caso se trata de la posible violación de los derechos político-electorales de la ciudadanía”.

En la controversia constitucional, el INE impugna 200 artículos de la reforma a leyes secundarias, por “vulnerar” 25 disposiciones de la Carta Magna relativas a derechos laborales de los empleados del instituto y derechos políticos de la ciudadanía.

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