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El pleno del Senado de la República aprobó por 104 votos a favor y dos abstenciones la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial , la cual establece límites de velocidad a nivel nacional para zonas urbanas y autopistas, así como se establecen mecanismos que buscan reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales, así como para salvaguardar la vida e integridad física de las personas usuarias del sistema de movilidad.
La nueva ley que fue turnada a la Cámara de Diputados establece que se establecerán como límites de velocidad máxima en todo el país las siguientes: 30 kilómetros por hora en calles secundarias y calles terciarias.
De 50 kilómetros en avenidas primarias sin acceso controlado; 80 en carriles centrales de avenidas de acceso controlado; 80 en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 kilómetros dentro de zonas urbanas.
En autopistas y carreteras federales del país, el máximo de velocidad para automóviles particulares será 110 kilómetros por hora; 95 para autobuses y 80 kilómetros para camiones y tráiler.
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Sin embargo, y a pesar de que en México se registran en promedio 44 muertes a causa de accidentes viales, no se contempla el tema de la regulación o prohibición de los camiones o tráiler doble remolque, ello pese al alto incidente de percances viales con miles de heridos y fallecidos cada año.
Tampoco se establece la obligatoriedad de que todos los conductores y vehículos cuenten con un seguro de responsabilidad civil, por lo que legisladores de oposición calificaron de insuficiente esta nueva ley, que no garantiza la reparación del daño para víctimas y sus deudos.
Las autoridades competentes establecerán en sus respectivos reglamentos de tránsito que a las personas que sean sorprendidas manejando bajo el influjo del alcohol o cualquier droga, psicotrópico o estupefaciente, se les retire la licencia o permiso para conducir por un periodo no menor a un año y por un periodo no menor a seis meses en caso de conductores de transporte público o transporte de carga.
De acuerdo con el dictamen, se estima que en México diariamente ingresan a unidades médicas mil 700 personas con lesiones graves ocasionadas por siniestros de tránsito y de éstas, más de 100 enfrentaran discapacidad por esta causa.
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Los traumatismos derivados por siniestros de tránsito son la primera causa de discapacidad motriz entre personas jóvenes de 17 a 24 años.
El nuevo marco legal busca sentar las bases para la política de movilidad y seguridad vial bajo un enfoque sistémico y de sistemas seguros, a través del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y la información proporcionada por el Sistema de Información Territorial y Urbano para priorizar el desplazamiento de las personas, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad.
“La Ley da prioridad al desplazamiento de las personas, particularmente de grupos en situación de vulnerabilidad; y de bienes y mercancías, con base en una jerarquía de movilidad que disminuya los impactos negativos en materia económica, salud y medio ambiente, y reduzca las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales”, se indicó.
Define la concurrencia entre la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de movilidad y seguridad vial, así como los mecanismos para su debida coordinación.
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