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El pleno del Senado de la República aprobó el decreto que expide la Ley de Fomento de la Cafeticultura, que busca rescatar al sector, impulsar su competencia a nivel internacional, normar y fomentar la producción, distribución, industrialización y comercialización del café .
Con 87 votos a favor y 5 abstenciones se avaló la nueva ley que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis y en la cual se contempla crear el Consejo Mexicano del Café como organismo público, el cual participará en la certificación de origen y promoverá la certificación de calidad del producto, vinculado a un sistema de cotizaciones en zonas de origen y puertos de salida, en el marco de los tratados internacionales suscritos por México en la materia.
La nueva ley establece criterios para impulsar la calidad del producto en todas las fases de la cadena productiva, así como generar su integración, para garantizar que el café sea un producto básico y estratégico cuya producción contribuya a la seguridad y soberanía alimentaria del país.
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Establece que son sujetos de esta ley las personas físicas o morales que, de manera individual o colectiva, realicen actividades de siembra, cultivo, cosecha, industrialización y comercialización, relacionadas con la cafeticultura en el territorio nacional.
La ley tiene por objeto normar, impulsar, fomentar y promover la producción, comercialización, industrialización, certificación y consumo de café.
Se busca fomentar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas y normas mexicanas aplicables al sector, así como garantizar la disponibilidad y correcta información al consumidor sobre la calidad del café mexicano y su correcta clasificación.
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Asimismo, fortalecer la competitividad de los distintos tipos de café en el mercado, fomentando el desarrollo de su producción y la calidad de éstos; fomentar el uso y conocimiento en el público consumidor de distintivos relacionados con la calidad y origen del café mexicano, además de impulsar campañas y/o actividades de promoción nacional e internacional orientadas a aumentar un mayor conocimiento y consumo de café mexicano.
Se prevén sanciones por adulterar el café puro y venderlo como sí se tratará de café puro, elaborar o vender café tostado sin cumplir estrictamente con la o las normas; elaborar o vender productos cuya forma de presentación al público, haga suponer que se trata de café e induzca al error, y la venta o intención de venta de café puro que haya sido adulterado con sustancias o materias extrañas, exceptuado los aditivos para su conservación, y que se ofrezca como café puro.
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