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El sistema penal acusatorio, que cumple dos años de su implementación total, no genera impunidad, ni significa una “puerta giratoria” por el hecho de que los delitos no sean necesariamente tramitados procesalmente en prisión, por lo que culpar a ese sistema del incremento en la incidencia delictiva en el país, “es muy aventurado” y “poco reflexivo”, consideró el subprocurador de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo de la Procuraduría General de la República (PGR), Roberto Ochoa Romero.

En entrevista con EL UNIVERSAL, el funcionario subrayó que se debe cambiar la idea de que todo proceso penal debe tramitarse con prisión preventiva oficiosa al imputado para que haya justicia. “Estamos apostando por mecanismos mucho más cercanos a las formas de solución de los conflictos en la cultura de la paz”.

Eso es el gran reto para terminar con el “mito” de la llamada puerta giratoria, insistió Ochoa Romero, quien destacó que “en la medida en que, como sociedad, entendamos que hay cuestiones penales que se resuelven de forma diferente, vamos a poder avanzar con mayor velocidad en el sistema acusatorio”, advirtió.

¿Qué balance hace a dos años de la implementación total del nuevo sistema penal acusatorio?

—Hay que entender que es un sistema procesal penal novedoso en nuestro país y que, como tal, requiere de una serie de ajustes, reflexiones, pero sobre todo de prácticas y de operaciones diferentes a las que estábamos acostumbrados.

Empezamos a trabajar, administrar, gestionar todos los asuntos penales conforme al mismo, de tal suerte que me parece que los retos más importantes son los que surgieron hace dos años y el Estado se ha volcado en intentar solucionar esos retos, a través de la capacitación y coordinación con otras instancias del poder público. Se encuentra en una etapa de crecimiento.

¿Qué retos sigue enfrentando?

—Hay un reto de naturaleza cultural: me parece que hay que entender que el sistema acusatorio no está apostando, como hacía el anterior, por el encarcelamiento de las personas que son señaladas como autores o partícipes de un hecho que la ley señala como delito, ese es un primer punto que resalto, porque mucho se habla de la famosa puerta giratoria.

Eso tiene una explicación en términos de lo que recoge constitucionalmente el sistema acusatorio: quiere decir que en su mayoría los delitos del orden federal o del orden común, aunque tengan prevista pena de prisión, no tienen que ser tramitados, procesalmente hablando, en la cárcel.

Diversos actores culpan al sistema de los índices delictivos que tenemos ahora, ¿coincide?

—No lo atribuiría al sistema acusatorio. Éste no es más que un conjunto de disposiciones que permiten normar el proceso penal. No creo que la escalada de violencia o la comisión de delitos en algunos estados sean consecuencia de una nueva forma de ver el proceso penal. No encuentro una vinculación clara entre el sistema acusatorio y los índices de criminalidad.

¿Es irresponsable culpar al sistema del incremento delictivo?

—Creo que es muy aventurado afirmar una cosa como esa, yo no creo que el sistema acusatorio tenga que ver con el incremento de las cuotas de criminalidad, con respecto a ciertos delitos. Hay que revisar el fenómeno de la criminalidad en su integralidad y no solamente lo que tiene que ver con los tipos penales y el proceso.

¿Es irresponsable culpar al sistema?

—Sí, en definitiva. Creo que más que irresponsable, sería poco reflexivo.

Hay que seguir apostando por la capacitación, la formación y el desarrollo de mejores prácticas en las procuradurías y fiscalías, para gestionar los asuntos de manera distinta, porque el sistema nos permite resolver un mayor número de asuntos a través de mecanismos distintos al juicio.

Señalan que es muy garantista...

—Se trata de un sistema que es mucho más coherente con la dignidad humana en su más grande dignificación, primero apuesta por la libertad de las personas, gracias a la magnitud que adquiere en este sistema la presunción de inocencia.

Anteriormente la mayoría de los delitos paraban en prisión preventiva y en cárcel como forma de sancionar, en la inmensa mayoría de los delitos. Al día de hoy no es así, podemos privilegiar la libertad de las personas, a pesar de que el asunto no haya concluido.

El mito de la puerta giratoria tiene que ver con eso, porque muchas veces se dice que [los imputados] como entran se van y lo que sucede es que cuando se produce una puesta a disposición de una persona ante el Ministerio Público, ya sea federal o del orden común, si se trata de un delito que no amerita prisión preventiva conforme al sistema acusatorio, esa persona va a recuperar su libertad, lo cual no quiere decir que el asunto en lo penalmente relevante se haya resuelto, ese asunto va a seguir sin la necesidad de tenerlo aprisionado.

¿Mientras no cambie la cultura de que todo proceso tiene que terminar en la cárcel, el sistema no va a funcionar?

—En el sistema acusatorio, a pesar de que el delito tenga pena privativa de la libertad, no necesariamente hay prisión preventiva, eso es un reto enorme, porque pareciera que cuando una persona sale en libertad con el nuevo sistema, lo que se está generando es impunidad, pero la verdad es que no es así, porque el conflicto en sí no se ha resuelto y esta persona puede ser condenada más adelante, lo que se hace es que se privilegia su libertad por el principio de presunción de inocencia.

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