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Suspensión, multas, reparación del daño, así como demandas en materia civil y penal conforman el panorama para las constructoras de los edificios derrumbados o dañados por el sismo del 19 de septiembre.
De encontrarse responsabilidad en
las autoridades que avalaron las edificaciones sin cumplir los reglamentos, también se puede emprender acción legal contra ellos, coincidieron expertos en el tema del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), de la Facultad de Derecho de la UNAM, de la Universidad Panamericana y del Centro Mexicano Pro Bono que brindan asesorías gratuitas.
Fincar responsabilidades dependerá de si los peritajes que haga Protección Civil sostienen que hubo irregularidades, como utilizar material no adecuado, señalaron.
“Podría proceder la denuncia por homicidio, lesiones, daño en propiedad ajena, fraude. Si hubo irregularidades en la construcción y fallecidos, es oportuno ir a la cuestión penal”, explicó Alicia Azzolini, académica del Inacipe.
Cada caso será diferente, pero el primer paso para todos es informar a Protección Civil de los daños en los inmuebles para obtener un dictamen que determine el destino final del inmueble, es decir, pérdida parcial o total. El dictamen será la prueba ante el juez.
Sandra Zamora, directora del bufete jurídico social de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana, comentó que de no contar con las escrituras es importante solicitar ante el notario la reposición.
Lo primero es acudir a Protección Civil o con un director responsable de obras (DRO) avalado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), ellos son los que hacen un peritaje y esos documentos son prueba plena ante el juez. “Se puede demandar a la constructora. Se requiere de una prueba, un peritaje que soporte todo ante el tribunal, de lo contrario, la demanda no va a rendir frutos.
Entrevistada por EL UNIVERSAL, Sandra Zamora explicó que si hubo una deficiencia en la calidad de los materiales o en el diseño del desarrollo, también se puede demandar. Incluso si no se tienen los documentos, se puede solicitar al juez que exija a la constructora que presente los planos.
En caso de que se tuviera un crédito hipotecario, se sebe informar a la sociedad financiera del daño en el inmueble, porque normalmente, al momento de adquirir el crédito, se contará con un seguro.
“En el caso de que se determine que hubo negligencia en la construcción, habría responsabilidad para la constructora. Se requieren peritajes para determinarlo”, señaló Ivette Montero, directora general del Centro Mexicano Pro Bono.
El sismo del 19 de septiembre dejó, hasta el viernes, 214 personas fallecidas en la Ciudad de México, edificios colapsados y un gran número de inmuebles dañados. La mayoría de esos edificios eran construcciones nuevas.
Sandra Zamora informó que si el afectado contaba con un seguro, debe ver qué tipo de cobertura tenía, puesto que la mayoría son por el pago del crédito y no por la vivienda, es decir, que la deuda se salda.
Cuando se trata de departamentos, al desaparecer el inmueble, los habitantes son propietarios únicamente de un porcentaje de lo que queda del terreno, “realmente a lo que ellos tienen derecho, en caso de vender, es un porcentaje de la venta”.
Everardo Moreno, de la Facultad de
Derecho de la UNAM, en donde se brinda asesoría gratuita a los afectados por el sismo, indicó que tienen alrededor de 200 casos, la mayoría por acción legal contra
las constructoras.
“Se puede desprender responsabilidad penal, no sólo civil, incluso puede haber responsabilidad para las autoridades que permitieron alguna construcción irregular”, enfatizó.
Ante esa situación, indicó que los afectados deben acudir a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México para presentar la denuncia contra quien resulte responsable, ya sea por los daños materiales o por el fallecimiento de las personas.
La Red Pro Bono México, Appleseed y Fundación Barra Mexicana crearon una guía jurídica que brinda asesoría a los damnificados por el temblor y en la que se detalla el paso a paso.
En ella se destaca el acercamiento con Protección Civil para obtener el dictamen de daños, pues será la clave para proceder contra la constructora y formar parte de los beneficiados del Fondo de Desastres Naturales (Fonden).
Un punto importante es que si el afectado tiene indicios de que la construcción fue deficiente, se debe acudir con un abogado para ser asesorado de forma correcta.
Sobre los seguros, se menciona que se debe verificar el tipo de cobertura y, en caso de no tener lo póliza, acudir con la institución para tener una copia del documento.
De acceder al Fonden, el documento aclara que los recursos no se entregan directamente a la población, sino que es por medio de un padrón. En caso de ser beneficiario, el damnificado podrá recibir 5 mil 500 pesos por daños menores, 28 mil por daños parciales y si la casa se derrumbó, la persona afectada tendrá 120 mil pesos para la reconstrucción.