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La Suprema Corte de Justicia de la Nación prevé amparar a un grupo de reos de un penal de máxima seguridad para que las autoridades no revisen su correspondencia, les garanticen contacto telefónico con sus familiares y puedan leer periódicos.
El ministro José Ramón Cossío Díaz realizó un proyecto de sentencia en el que también propondrá ratificar la protección de la justicia federal para que los internos continúen recibiendo atención médica acorde a sus padecimientos.
El proyecto será discutido por la Primera Sala este miércoles y con él los ministros resolverán el amparo promovido por un grupo de reos que alegaron presuntas violaciones a sus derechos humanos al interior del Centro Federal de Readaptación Social número 12 “CPS-Guanajuato”.
En su demanda, los internos Javier Blanco, Alejandro López Juan Luis Regalado, Víctor Manuel Santana y Julio Alemán Méndez, acusaron actos de tortura física y psicológica, incomunicación, vulneración al derecho a la salud , de acceso a la información , de reinserción social , de defensa adecuada , entre otros.
El ministro Cossío prevé conceder el amparo a los quejosos para que puedan realizar llamadas a sus familiares sin importar si son números de teléfono móvil y que el penal asuma el costo de las mismas.
“La autoridad responsable no puede determinar, sin sustento legal alguno, que las personas privadas de libertad realicen llamadas a una sola compañía telefónica y a través de un medio que impone el costo de las mismas a las familias de los internos”, indicó el ministro.
“Se impone conceder el amparo para que (los quejosos) puedan proponer números telefónicos de cualquier compañía, incluyendo aquellas de telefonía celular, para mantener contacto con sus familias y para que el centro de reclusión asuma el costo de las llamadas que se realicen, las cuales deberán ser razonablemente limitadas”.
Asimismo, propondrá conceder el amparo para que las autoridades del penal no modifiquen injustificadamente la programación de llamadas de los quejosos y para el caso de hacerlo, deberán notificarlos con una anticipación razonable.
Uno de los internos reclamó que en el penal no le comunicaban con los números que propuso para mantener contacto con sus familiares.
“También debe concederse el amparo solicitado para el efecto de que se comunique a al quejoso con sus familiares a través de los números telefónicos designados por el mismo”, concluyó el ministro.
Cossío Díaz propondrá a sus compañeros en la Primera Sala conceder el amparo para que la correspondencia de los reos les sea entregada sin dilación alguna.
Debido a que uno de los internos alegó que su correspondencia le llega abierta y el director del Cefereso no informó nada al respecto el ministro tuvo por cierto el acto reclamado.
“El quejoso demostró la ilegalidad de la actuación recurrente de la autoridad responsable”, observó, “debe concederse el amparo solicitado para que la autoridad responsable se abstenga de abrir, en lo sucesivo la correspondencia que recibe”.
Los internos alegaron violación a su derecho a la información pues no se les permite el ingreso de periódicos ni de circulación nacional ni local.
“Esta Primera Sala concluye que el acceso a periódicos en el centro de reclusión constituye una medida adecuada para cumplir con la doble finalidad de proporcionar a los quejosos información que los mantenga en contacto con el exterior y, por otra parte, que puedan recibir información necesaria en su carácter de miembros de una sociedad democrática, sin que se pueda apreciar que tal situación coloque en riesgo la seguridad del centro, pues la consulta de este tipo de materiales se podría realizar en las instalaciones bibliotecarias”, puntualizó el ministro.
“En razón de lo anterior, se concede el amparo solicitado por los quejosos para el efecto de que el Director General del Centro Federal de Readaptación Social No. 12 “CPS-“Guanajuato” realice las gestiones necesarias para que en la biblioteca del mismo centro se encuentren disponibles para su consulta, al menos, un diario de amplia circulación nacional y otro estatal”.