El robo de identidad en el país ha aumentado significativamente y se ubica en el octavo lugar a nivel mundial, ante lo cual el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido (MC) impulsa reformas al Código Penal Federal para tipificar esta actividad, sancionar con cárcel de cuatro a ocho años y multar con mil a dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Consideró necesario implementar un marco regulatorio como herramienta que permita a las víctimas de esa conducta ilícita tener total acceso a la seguridad y justicia que les permita coadyuvar en el proceso penal.

En el documento, refiere que los delitos de robo, usurpación, suplantación y falsificación de identidad han evolucionado con el avance tecnológico; con los dispositivos electrónicos de telecomunicación se tiene mayor acceso a datos personales, sin que necesariamente esté presente la persona.

Explica la urgencia de un marco legislativo que contemple el uso de internet, medio de creciente uso para pago de impuestos, compras en línea, pagos de tarjetas de crédito y servicios en que se compromete la integridad de la persona.

Refiere que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) creó un “protocolo para detectar el posible robo de identidad”; a una semana del inicio de su funcionamiento, la aplicación detectó 48 posibles casos: 19 reportes relacionados a problemas con tarjeta de crédito, 12 a créditos personales, ocho a créditos para adquirir auto, dos a cuentas de ahorro, dos a cuentas de nómina y uno a cuenta de cheques.

De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en materia fiscal, se captaron 500 casos de robo de identidad a través de falsos RFC que originaron problemas y complicaciones al contribuyente real.

El diputado propone adicionar al Título Decimoctavo “Delitos contra la Paz y Seguridad de las personas”, Capítulo III, artículo 287 Bis 287 Ter, para establecer que el delito de robo, usurpación o suplantación de identidad es aquel en el que una persona con fines ilícitos o de lucro, se atribuya la identidad de otra persona por cualquier medio, o consienta que un tercero suplante su identidad, produciendo con ello un daño moral o patrimonial, u obteniendo un lucro o provecho indebido para sí u otra persona.

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