Más Información
Diputados avalan súper secretaría de García Harfuch; SSPC investigará delitos y coordinará inteligencia a nivel nacional
“Aún hay tiempo”: Inai lamenta extinción aprobada por Diputados; pide al Senado reconsiderar reforma
Yasmín Esquivel defiende la reforma judicial en Con los de Casa; alejado de la realidad pensar que es una venganza política, afirma
"Soy del mero Sinaloa, donde se rompen las olas"; al ritmo de banda y aguachile, apoyan a músicos y meseros afectados por violencia
Con prórroga o sin ella, elección judicial va, asegura Taddei; afirma que presupuesto de 13 mmdp no es ninguna “ocurrencia”
Un juez federal concedió un amparo al ex gobernador de Tamaulipas, Tomás Yarrington Ruvalcaba , y dejó sin efecto la orden de aprehensión en su contra por lavado de dinero.
El juez Décimo Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México ordenó al Juez Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales con residencia en el Estado de México que deje sin efecto la orden para que se pronuncie nuevamente sobre la misma pero aclarando si se trata de un delito continuado o si éste la prescribió.
“Dicte otra, que podrá ser en el mismo sentido de la anterior o en diverso, pero en el primer caso, acorde con las consideraciones de esta sentencia, de reiterar que las conductas delictivas atribuidas al quejoso constituyen un delito continuado, con plenitud de jurisdicción, deberá exponer las razones que le permitan establecer la actualización de la unidad de propósito delictivo que se requiere, en caso contrario, de manera fundada y motivada, tendrá que precisar si tales conductas constituyen delitos instantáneos o continuos (permanentes).
“Con la precisión que deberá pronunciarse en relación con la prescripción de la acción penal, acorde con las reglas establecidas en el artículo 102 del Código Penal y precisar si se actualiza o no algún supuesto de interrupción de la misma; y De concluir que no ha prescrito la pretensión punitiva respecto de las conductas delictivas imputadas al amparista, o alguna de estas, con plena libertad de decisión, deberá clasificar los hechos consignados y determinar qué delito configuran, en cuyo caso tiene a salvo su facultada para cambiar la clasificación del delito, o bien, de reiterar que son constitutivos del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita”, detalla la sentencia.
La Procuraduría General de la República acusó al ex gobernador, a Miguel Alberto Treviño Guevara y Alfredo Sandoval Musi de la probable comisión de operaciones con recursos de procedencia ilícita por 12.7 millones de pesos y 450 mil dólares para comprar tres inmuebles en México y Estados Unidos.
Los hechos atribuidos por la PGR datan del 21 de diciembre de 1998 pero la orden de aprehensión fue librada hasta el 25 de mayo de 2017 y se tuvo conocimiento de su existencia en febrero pasado.