La Profepa denunció ante la PGR a la empresa Solar Chaca, S.A. de C.V. , y/o quien resulte responsable, por el presunto delito contra la biodiversidad debido a la destrucción de un nido de tortuga marina golfina (Lepidochelys olivacea), al usar maquinaria pesada en una playa en el Área de Protección de Flora y Fauna Cabo San Lucas.
En el sitio se fueron destruidos 18 huevos del quelonio , con embrión, al encontrarse en fase II de desarrollo; se rescataron 20 huevos , sin daños aparentes, los cuales fueron transportados para su incubación en el hotel Casa Dorada, ubicado en Playa El Médano, a cargo de la Red de Protección de la Tortuga Marina del Municipio de Los Cabos , que cuenta con autorización de la Semarnat para el manejo de tortugas marinas , mediante aprovechamiento no extractivo.
Actualmente, la empresa Solar Chaca, S.A. de C.V construye el Hotel Riu Palace Baja California , frente al lugar donde sucedieron los hechos. Asimismo, la Profepa inició un procedimiento administrativo contra la empresa por destrucción, daño y perturbación de la vida silvestre con fundamento en los artículos 4° de la Ley General de Vida Silvestre y 10 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
Los hechos denunciados ocurrieron durante la noche en la playa El Médano, dentro del Área Natural Protegida (ANP), competencia de la federación, el Área de Protección de Flora y Fauna Cabo San Lucas, cuando personal de la Coordinación General de Zona Federal Marítimo Terrestre del municipio de Los Cabos se percató de los hechos.
Personal de la Profepa atendió el reporte y constató que maquinaria pesada ingresó a la playa, encontró en el sitio huellas que dejó a su paso el tractor de oruga, que en el trayecto destruyó un nido de tortuga marina golfina (Lepidochelys olivacea).
En un comunicado de prensa la procuraduría resaltó que el artículo 420 del Código Penal Federal establece que “se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente dañe a algún ejemplar de tortuga o mamífero marino; o dañe ejemplares de especies acuáticas declaradas en veda.
Por el lado administrarivo, la empresa inspeccionada podría alcanzar una multa de hasta 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, por realizar actos que causen la destrucción o daño de la vida silvestre o de su hábitat, así como su inscripción en el Padrón de Infractores de la legislación en materia de vida silvestre.
mpb