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La creación de la comisión de la verdad y la justicia para investigar el caso Iguala será analizada en definitiva por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

De acuerdo con los estrados de la Corte, el ministro presidente Luis María Aguilar Morales desechó por notoriamente improcedente la solicitud de la Procuraduría General de la República (PGR) para atraer los recursos de revisión extraordinaria promovidos contra las sentencias de amparo que ordenaron crear la comisión, emitidas por el Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito.

De este modo, será el Colegiado el que resuelva los recursos, por lo que el ministro Aguilar Morales destacó que independientemente del sentido de las resoluciones que dicten los magistrados, será la Corte la que analizará en definitiva los alcances de las sentencias que desconocieron la investigación realizada hasta ahora por la PGR sobre la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

“Debe destacarse que lo que al efecto se resuelva, con independencia de su sentido, necesariamente será materia de análisis por este alto tribunal”, afirmó.

Aguilar urgió al colegiado a emitir una resolución sobre la imposibilidad que la PGR y otras instancias federales han argumentado para no cumplir con la sentencia.

“Solicítese al Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito que, a la brevedad, emita la determinación que considere pertinente en el incidente sobre imposibilidad para cumplir la sentencia, y con independencia del sentido de esa resolución, remita a este alto tribunal el asunto”, dictó.

Hasta ahora, el Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito ha sido la única autoridad que se ha pronunciado sobre la imposibilidad alegada por diversos actores públicos.

En julio pasado, indicó que existe “imposibilidad jurídica” para cumplir las sentencias únicamente con relación a la creación de la comisión al considerar que la misma resultaría violatoria de la facultad exclusiva del Ministerio Público para investigar delitos.

En su resolución, el magistrado del tribunal Unitario ordenó remitir el expediente al colegiado para que se pronuncie sobre la imposibilidad planteada para acatar la sentencia, por lo que si concluye que sus resoluciones son ejecutables, los magistrados deberán enviar el expediente a la Corte con proyecto de separación del cargo de los titulares de las autoridades responsables en un incidente de inejecución de sentencia.

Tomando en consideración esta determinación del Tribunal Unitario, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación señaló que independientemente de lo que resuelva el Colegiado, el caso será revisado por los ministros en el incidente de inejecución de sentencia.

“Resulta necesario que este alto tribunal analice si la sentencia es congruente con la litis planteada, y en su caso aclare las imprecisiones que contenga, para que sean acordes con el acto reclamado y, ante ello, determine qué consideraciones de su parte decisoria no son congruentes con la litis planteada y, por tanto, no deben tomarse en consideración para decidir sobre su debido cumplimiento”, agregó el ministro.

Afirmó que de admitir a trámite la solicitud de ejercicio de facultad de atracción, presentada por la Procuraduría General de la República, retrasaría la emisión de la resolución que, en última instancia, le corresponde dictar a la Corte en el incidente de inejecución.

Los quejosos en el amparo impugnaron los autos de formal prisión que les fueron dictados por el supuesto secuestro y homicidio de los 43 estudiantes de Ayotzinapa, puesto que afirmaron que sus confesiones fueron obtenidas mediante tortura.

El jueves pasado, EL UNIVERSAL informó que el juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en Matamoros, Tamaulipas, ordenó reiniciar el proceso en contra de los quejosos desde la etapa de preinstrucción sin las pruebas periciales que debía presentar el Ministerio Público federal para desvirtuar o confirmar la tortura alegada.

De acuerdo con los tratados internacionales, los actos de tortura son considerados graves violaciones a los derechos humanos en el proceso, lo que implicaría la eliminación de pruebas obtenidas mediante estas conductas.

Además de la PGR, la Presidencia argumentó estar imposibilitada para cumplir la sentencia de amparo y afirmó que la creación de la comisión de la verdad genera desconfianza y vulnera el Estado de derecho.

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