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La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) no puede autorizar permisos para el uso lúdico de marihuana a menos que lo ordene un juez, indicó su titular, Julio Sánchez y Tépoz, quien presentó los “Lineamientos en Materia de Control Sanitario de la Cannabis y Derivados de la Misma”.
Indicó que la Cofepris tiene en sus facultades la emisión de lineamientos para la cannabis, por lo que emitió éste, que contiene 50 artículos y está alineado al primer proyecto de reglamento que se presentó, aunque se tomaron en cuenta las consideraciones que mencionó la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
Luego de que el miércoles pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) generó una jurisprudencia en la que avaló el cultivo de la marihuana para uso lúdico, el titular de la Cofepris fijó su postura e indicó que no pueden dar la autorización. “Nosotros en este momento no podemos otorgar permisos para el uso lúdico, no obstante la jurisprudencia. Tenemos que esperar que lo ordene un juez y en el momento que lo ordene lo estaremos entregando”, dijo.
Explicó que la Corte determinó, mediante la jurisprudencia, que es inconstitucional la prohibición del uso lúdico de la marihuana, lo que obliga a los jueces a aplicar ese criterio cuando reciban un juicio de amparo promovido por una persona a quien la Cofepris le negó el permiso.
Señaló que si son negadas las 615 solicitudes que están pendientes en la comisión, los ciudadanos podrían acudir ante el juez federal, quien tendría que adoptar la jurisprudencia, que implicaría que se ordenara emitir los permisos para el uso lúdico.
La comisión presentó ayer los lineamientos sobre las disposiciones generales para el uso médico, de investigación e industrial de la cannabis, en los que se plantean los criterios para comercializar, publicidad y verificación, y sanciones.
Dijo que se le pedirá a los interesados una consulta de clasificaciones de producto ante la Cofepris, que deberá contener las características y un certificado de análisis.