La propuesta de nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales que este miércoles presentarán el Poder Ejecutivo y la Fiscalía General de la República a la Cámara de Senadores prevé que las investigaciones inicien en menos de seis horas.

De acuerdo con una copia del proyecto de ley que entregará el fiscal Alejandro Gertz Manero al Senado, del cual EL UNIVERSAL obtuvo una copia, se busca establecer que las investigaciones no demoren más de seis horas luego de haberse presentado la denuncia.

“Atendiendo al principio de prontitud y expedites de la justicia, se establece que en los actos de investigación con control judicial, la autoridad judicial ordene su realización de manera inmediata, en un plazo que no exceda de las seis horas siguientes a que la haya recibido”, señala el texto.

Según la exposición de motivos, la función de investigar desde el momento en que se comete la conducta delictiva, “estaba dispersa”, y “muchas veces era pretexto para la arbitrariedad, hacía nugatorios el respeto al debido proceso legal, y del respeto de los derechos fundamentales de los sujetos procesales”.

La propuesta de ley, que se trabajó desde la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República –según lo dijo el senador Ricardo Monreal el lunes—y la Fiscalía General, también pretende dotar de nuevas capacidades a los jueces, sin requerir de las solicitudes del ministerio público.

“El actual papel del Poder Judicial se ve limitado, ya que no puede realizar u ordenar ciertas acciones si las mismas no son solicitadas por el Ministerio Público, por lo que es necesario crear un rol más activo del mismo, así como garantizar que la víctima u ofendido --directamente o a través de su asesor jurídico-- puedan solicitar ciertas actuaciones”.

Al Código Nacional de Procedimientos Penales también se le añade la figura de la Guardia Nacional con las mismas facultades y limitaciones que un cuerpo de policía; y se prevén las figuras de ‘Policía con capacidades para procesar’ y ‘primer respondiente’.

Se dispone también que sea la Federación quien atraiga delitos como la desaparición forzada, tortura y secuestro. Y se añade que los jueces deban, obligatoriamente, imponer alguna de las medidas cautelares previstas en el Código.

“Cabe señalar que a efecto de que el Órgano Jurisdiccional imponga como medida la prisión preventiva justificada, deberá realizar además del estudio de las circunstancias del caso, un test de proporcionalidad de la medida a efecto de evitar lesiones a los derechos de libertad o la revocación de ésta a través de algún recurso procesal”, precisa la iniciativa.

La iniciativa también prevé nuevas disposiciones en la reparación del daño y un nuevo Título de Procedimientos Especiales, para proteger a personas indígenas o “que tienen el hábito o la necesidad de consumir estupefacientes o psicotrópicos”.

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