La se declaró “incompetente” para informar si entre sus archivos hay expedientes de espionaje y seguimientos elaborados sobre periodistas y columnistas como Javier Tejado Dondé, Carlos Loret de Mola, Héctor de Mauleón, Joaquín López-Dóriga, Salvador García Soto y Mario Maldonado, como se ha denunciado, y señaló que esa información la podría tener la Secretaría de Gobernación (Segob).

En respuesta a solicitudes de información hechas por EL UNIVERSAL, la SSPC no dio más argumento sobre esta petición y sólo se remitió a artículos de las leyes Federal y General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como a la Ley Orgánica de la Administración Pública.

“En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 131 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, le informo que esta Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana se declara incompetente para dar respuesta a su solicitud de información en virtud de lo siguiente:

“La SSPC fue creada mediante decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, señalando en su artículo 30 bis sus atribuciones, así como en su reglamento interior, publicado en el mismo medio oficial el 30 de abril de 2019”.

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En ese artículo se indica que la SSPC tiene como tareas la formulación y ejecución de políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la nación y de sus habitantes.

En el oficio SSPC/UGAHJT/DGTA/01525/2021, la SSPC señaló que con “la finalidad de garantizar el acceso a la información pública”, la dependencia federal que “pudiera contar con la información solicitada” sería la Secretaría de Gobernación.

“Bajo esta premisa, se su giere orientar su solicitud a la Unidad de Transparencia de Segob”, indicó.

CNI no localizó documentos

Al consultar también al Centro Nacional de Inteligencia (CNI), éste aseguró que tras una búsqueda “exhaustiva y razonable” no localizó ningún documento sobre los periodistas, pues argumentó que las únicas atribuciones conferidas por la Ley de Seguridad Nacional es generar inteligencia vinculadas a fenómenos declarados como riesgos o amenazas a la seguridad nacional, y no “sobre individuos en particular”.

“Después de realizar una búsqueda exhaustiva y razonable en el interior de esta área no se localizó documento alguno que responda a la descripción proporcionada por el solicitante. Lo anterior, debido a que el Centro Nacional de Inteligencia como órgano de poder público sólo puede realizar aquello que explícitamente la ley le atribuye”.

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En este sentido, el CNI indicó que cuenta con las atribuciones conferidas en los artículos 3, 5, 19, y 30 de la Ley de Seguridad Nacional, consistentes en “generar inteligencia vinculada a fenómenos declarados como riesgos y/o generar inteligencia vinculada a fenómenos declarados como riesgos y/o amenazas a la seguridad nacional, como son las previstas en el catálogo contenido en el artículo 5 de la referida ley. En dicho precepto legal no se hace referencia sobre individuos en particular”.

El pasado 23 de junio, el columnista de EL UNIVERSAL Javier Tejado Dondé denunció que el subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Ricardo Mejía Berdeja, ordenó espiar a columnistas, incluido él, por haber criticado la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

Raymundo Riva Palacio informó en El Financiero que desde Palacio Nacional se solicitó al Centro Nacional de Inteligencia investigar a periodistas de EL UNIVERSAL como Carlos Loret, Héctor de Mauleón, Mario Maldonado y Salvador García Soto, por textos que han incomodado a la Cuarta Transformación.

Al preguntar al presidente Andrés Manuel López Obrador sobre estas denuncias, dijo que es falso que se les investigue, pero pidió que se presenten pruebas.