La Secretaría de Gobernació n (Segob) manifestó no contar con atribuciones para entregar copia de la Ley de Matrimonio Civil publicada el 23 de julio de 1859 , solicitada por un particular.
La dependencia señaló que no cuenta con las atribuciones para atender el requerimiento y orientó al particular para que presentara la solicitud de acceso a la información ante el Archivo General de la Nación (AGN).
Inconforme con la respuesta, el particular presentó un recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), manifestando que le corresponde a la Segob conocer el orden jurídico nacional.
La comisionada Josefina Román Vergara determinó que la Segob cuenta con facultades y unidades administrativas competentes para atender la petición; por lo cual el INAI instruyó a la dependencia a emitir un acta debidamente fundada y motivada en la que confirme que no cuenta con las atribuciones para resguardar en sus archivos copia del instrumento legal.
Román Vergara destacó que “los archivos son un insumo fundamental para preservar la memoria nacional, regional y local de carácter público, de ahí la importancia de implementar procesos de gestión documental adecuados”.
Gobernación debe atender lo estipulado en Ley General de Archivos (en vigor desde pasado 15 de junio) donde se establece los principios y las bases generales para la organización, conservación, administración y preservación homogénea de la documentación recibida y generada por la entidad gubernamental.
“Hoy contamos con reglas más claras sobre la importancia que del debido tratamiento de los archivos deben tener. Conservar nuestros archivos históricos es una tarea trascendente para conservar nuestro pasado como nación”,
enfatizó la comisionada Román.
La comisionada apuntó que el Archivo de la Nación en sus fondos documentales resguarda documentación que procede de instituciones gubernamentales y entidades privadas desde la época de la administración novohispana, así como del periodo nacional que se inició en 1821.
La Ley de Matrimonio Civil del 23 de julio de 1859, publicada por el Secretario de Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública , podría encontrarse a resguardo del AGN. No obstante, Segob debe emitir por conducto de su Comité de Transparencia , un acta debidamente fundada y motivada en la que confirme la incompetencia de conformidad con el artículo 65, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.