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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) proporcionar versión pública del contrato celebrado para la adquisición de la escultura “Piedra del Sol” -ubicada en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA)- sin clasificar los nombres, firmas y rúbricas del personal militar involucrado en la compra.
“Entregar la versión pública de un contrato como el que nos compete, de la cantidad de 2 millones 450 mil pesos sin impuestos, pero testar los nombres de los funcionarios públicos que lo firmaron es dar cabida a la opacidad, que puede ser un caldo de cultivo para diversas irregularidades”, planteó la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas.
Al presentar el caso ante el Pleno, la Comisionada expuso que, sobre la difusión de los nombres de funcionarios públicos involucrados en las contrataciones de obras públicas, hace unos meses, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor del INAI un proyecto similar, en el que determinó que la Secretaría de la Función Pública (SFP) debe entregar las declaraciones patrimoniales y de intereses de 23 ingenieros militares que estuvieron a cargo de la construcción del AIFA.
“La Corte explicó que el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, que interpuso la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal ante ese caso específico no aplicaba, pues los elementos de las Fuerzas Armadas son servidores públicos sujetos a las leyes de responsabilidades administrativas y de transparencia”, agregó.
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Del Río Venegas dejó claro que las Fuerzas Armadas, partidos políticos, secretarías federales, fideicomisos, sindicatos, órganos autónomos y cualquier autoridad, entidad u organismo que reciba recursos públicos son sujetos obligados en materia de transparencia y deben entregar la información.
La persona interesada en conocer el contrato presentó un recurso de revisión ante el Inai, pues en respuesta a su solicitud, la Sedena proporcionó un vínculo electrónico al cual no le fue posible acceder para consultar la información.
Al presentar alegatos, la dependencia manifestó que, después hacer una nueva búsqueda en sus archivos físicos y digitales, localizó el contrato número SND/DN8/AIFA/12916/F7/2021-AD-003, denominado Adquisición de Escultura “Piedra del Sol” (Calendario Azteca), conformado por 16 fojas, el cual puso disposición de la persona, en versión pública y formato digital.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Del Río Venegas, se constató, en primer lugar, que el vínculo electrónico proporcionado a la persona solicitante es inaccesible.
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Sobre la versión pública del contrato, se advirtió que la Sedena clasificó los nombres, rúbricas y firmas del personal militar involucrado en el contrato.
Al respecto, se determinó que, si bien el Pleno del INAI se ha pronunciado en otros asuntos por mantener la secrecía del nombre de los servidores públicos que llevan a cabo actividades en materia de seguridad pública, en este caso, se trata de ingenieros militares a cargo de la adquisición de la escultura, por lo que es improcedente su clasificación.
Se concluyó que no es posible acreditar cómo la difusión de esos datos ponga en riesgo la vida, seguridad o salud del personal militar, ni la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional del Estado mexicano.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Sedena y le instruyó proporcionar a la persona solicitante versión pública del contrato, sin clasificar los nombres, firmas y rúbricas del personal militar involucrado en la compra.
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