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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ) perfila declarar inconstitucional toda la Ley de Seguridad Interior, con la que se pretende dar un marco jurídico a la actuación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública.

Seis de los 11 ministros del máximo tribunal de justicia del país se pronunciaron ayer en contra de la norma, al considerar que el Congreso de la Unión carece de facultades para legislar sobre seguridad interior, pues sólo el Ejecutivo federal está facultado para disponer de la totalidad del Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea; además de que el proceso de aprobación estuvo “viciado de origen”.

Faltan cinco ministros por pronunciarse, lo cual sucederá en la sesión del pleno de mañana jueves; se necesitan dos votos más y se requieren ocho para derogar la polémica legislación aprobada el año pasado por la Cámara de Diputados.

El proyecto en discusión, de la autoría del ministro Jorge Pardo —quien propone declarar que el Congreso tenga facultades para expedir la Ley de Seguridad Interior—, requiere de ocho votos para ser aprobado.

Al abrir el análisis de la ley, en la sesión del martes, el ministro Eduardo Medina Mora advirtió que de no invalidarse en su totalidad, “podría perpetuarse el instintivo perverso de que las autoridades civiles, es decir, no militares, se desentiendan” de brindar seguridad pública a los ciudadanos, que por mandato constitucional les corresponde.

El ex procurador General de la República, que reconoció el trabajo de las Fuerzas Armadas del país, dijo que echar mano del Ejército y la Armada de México en tareas de seguridad ha servido de “coartada” para que los tres niveles de gobierno eludan su responsabilidad en materia de seguridad.

En tanto, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea consideró que la referida ley “encubre” una función de seguridad pública, pues se nombra como Ley de Seguridad Interior, cuando “realmente lo que regula es la seguridad pública cuando ésta está a cargo de las Fuerzas Armadas.

“Es claramente un fraude a la Constitución en sentido técnico, no retórico, como un ilícito constitucional atípico, ¿por qué? Porque se dice que se está regulando una materia, cuando realmente se está regulando otra, partiendo de la base de que no hay facultades para que las Fuerzas Armadas, en principio, intervengan en seguridad pública”, enfatizó.

Y remató: “La seguridad interior es una facultad exclusiva del Presidente de la República, es una facultad federal, no es concurrente; consecuentemente, no tiene atribuciones el Congreso para distribuir facultades entre la Federación”.Por lo anterior, el ministro llegó a la conclusión de que la Ley de Seguridad Interior fue expedida por los diputados de la pasada legislatura federal, en un claro “fraude a la Constitución”.

A su vez, la ministra Norma Lucía Piña Hernández reconoció que es indispensable dotar de un marco jurídico al Ejército, para regular las tareas que hoy realiza en varios estados; sin embargo, señaló que encontró “vicios” en el proceso legislativo, que en su consideración tienen el potencial de invalidar toda la ley.

Por su parte, el ministro José Ramón Cossío Díaz mencionó que las funciones de seguridad pública sólo pueden realizarse por autoridades civiles, postura con la que coincidió su colega, Alberto Pérez Dayán.

La constitucionalidad de la mencionada norma se definirá mañana jueves en la sesión en la que los ministros Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas y Jorge Mario Pardo Rebolledo se pronunciarán al respecto.

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