La interrupción legal del embarazo y la entrega de métodos anticonceptivos son servicios que se deben mantener aún durante la contingencia por el
, dijo la Secretaría de Salud . En el caso de la entrega de condones, se deben proveer para un periodo de hasta tres meses.
En un comunicado de prensa que emitió esta noche, pidió a los usuarios que reporten cualquier negativa de atención y la realización de cobros indebidos para que las entidades, la Secretaría de Salud Federal y el Instituto de Salud para el Bienestar respondan para dar continuidad a estos servicios que consideró esenciales.
“El acceso a la atención integral del aborto seguro en los casos previstos por la ley: Además de las entidades en que la interrupción del embarazo se ha despenalizado hasta las 12 semanas de gestación, se debe garantizar el cumplimiento de la NOM-046-SSA2-2005, entendiendo la interrupción del embarazo producto de una violación sexual como una urgencia médica”, dijo la dependencia federal.
La semana pasada, organizaciones de corte religioso pidieron al gobierno de la Ciudad de México clausurar las actividades de las clínicas que se dedican a proveer el servicio de interrupción ilegal del embarazo durante la crisis de salud por el coronavirus Covid-19 .
La organización Marie Stops International alertó que las mujeres y niñas pueden verse obligadas a llevar adelante embarazos no deseados o arriesgarse a abortos inseguros mientras las cuarentenas por el coronavirus restringen el acceso a los servicios de planificación familiar.
Con respecto a la entrega de métodos anticonceptivos, la Ssa dijo que para evitar la saturación y los traslados innecesarios a centros de salud, se deberá dotar a mujeres, hombres, personas de la diversidad sexogenérica y adolescentes, de insumos suficientes para tres meses o más en el caso de los métodos temporales y de barrera y favorecer el acceso a métodos de larga duración.
Dijo que se considerará prioritario mantener la atención prenatal, incluyendo la vacunación contra influenza, la prueba rápida de detección para VIH y sífilis, así como la detección oportuna de complicaciones y comorbilidades; atender partos y recién nacidos, así como emergencias obstétricas.
Cada entidad federativa deberá determinar los hospitales con capacidad resolutiva que, quedando fuera del plan de reconversión para atención de Covid-19, sean destinados para este tipo de atención.
“Frente a la emergencia sanitaria y como estrategia fundamental de salud pública, es indispensable garantizar la gratuidad de estos servicios en apego al marco de los derechos humanos y los derechos sexuales y reproductivos”, dijo la dependencia federal.
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