Más Información
Morena no garantiza aprobación de la despenalización por completo del aborto en CDMX; busca consenso
“Rosario Piedra llega a terna finalista de CNDH gracias a criterio político”; Alejandra Barrales en Con los de Casa
Violencia en Tabasco no para; reportan quema de vehículos, narcomantas, ejecutados, así como ataques a comercios y a policías
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso la discusión de si la prohibición del uso de peyote y hongos alucinógenos resulta discriminatoria en agravio de las comunidades indígenas .
La Primera Sala de la SCJN decidió dejar en lista un amparo en el que se alega que esta prohibición contenida en la Ley General de Salud discrimina a las comunidades indígenas que hacen uso de estas sustancias alucinógenas en sus ceremonias religiosas.
El proyecto fue realizado por el ministro ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y en él se establece declarar que esta prohibición no implica un trato discriminatorio.
Sin embargo, en el proyecto el ministro advierte que para estudiar la constitucionalidad de esta prohibición con efectos generales se requiere otro tipo de argumentos.
“Sería necesario contar con elementos tanto argumentativos como probatorios, para destruir la presunción de constitucionalidad de dicha prohibición, a partir, entre otros elementos, de la valoración del daño a la salud y al orden público que provocan dichas sustancias, en comparación a sustancias de consumo permitido o regulado”, señala.
Cuando las Salas dejan en lista los asuntos, no hay fecha definida para vuelvan a enrolarlos para su discusión.
También lee: