Bajo la mirada de miles de magistrados, jueces y sociedad civil inconforme, la Suprema Corte de Justicia de la Nación () se apresta a definir hoy el futuro de la reforma judicial en sesión histórica, en la que debatirá el proyecto de sentencia del ministro que plantea invalidar la elección de juzgadores federales por voto popular.

Con la composición actual de 11 ministros se requiere una mayoría de ocho votos para anular parcialmente la polémica legislación, en los términos que proyecta González Alcántara Carrancá, al resolver las acciones de inconstitucionalidad presentadas por el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano (MC), y que le fueron turnadas.

Y es que hasta en tanto la nueva integración del pleno de la Corte, establecida en nueve ministros por la reforma al Poder Judicial de la Federación, rinda protesta en septiembre de 2025, se requerirán ocho votos para invalidar una reforma constitucional con efectos generales.

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Con base en sus pronunciamientos y declinación a participar en la elección de ministros programada para junio del año próximo, se prevé que la presidenta del Máximo Tribunal del país, Norma Lucía Piña Hernández, vote a favor de invalidar parcialmente la reforma judicial, así como los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ana Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez Potisek, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Luis María Aguilar Morales.

En tanto, se perfila que las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y Loretta Ortiz Ahlf, identificadas con la autodenominada Cuarta Transformación, se pronuncien contra el proyecto de anular la reforma judicial.

El ministro en retiro José Ramón Cossío Díaz advirtió que en caso de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalide la reforma judicial y los Poderes Ejecutivo y Legislativo, dominados por Morena, no acaten la sentencia, podría generarse una situación peligrosa para el orden constitucional en el país.

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“Puede venir una escalada peligrosísima porque en caso de que se diera esta situación los ministros podrían considerar que hay un desacato y que hay que remover, destituir y someter a proceso a quienes no acaten su sentencia, en este caso el Ejecutivo y el Legislativo”, sentenció.

De darse este escenario, explicó Cossío Díaz, la destitución del Ejecutivo e integrantes del Legislativo no pasaría por un proceso de desafuero ni por la Fiscalía General de la República (FGR), sino que serían consignados directo ante un juez de Distrito por el delito de administración contra la justicia.

“Es el único caso donde se rompe el monopolio del ejercicio de la acción penal, de manera que los ministros pueden consignar directamente ante un juez de Distrito a las personas que consideren que están en rebeldía para que les aplique la pena, ya que la Corte es el órgano que ha determinado que se ha producido un delito contra la administración de justicia”, expuso.

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