La ampliación de mandato de como presidente del Poder Judicial de la Federación se resolverá en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), si prospera alguna acción de inconstitucionalidad.

A partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), como se espera que ocurra, los actores políticos cuentan con un plazo de 30 días para interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Corte.

Ayer, tras concluir la aprobación en el Congreso de la Unión de las leyes reglamentarias de la reforma al Poder Judicial de la Federación, el ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea rompió el silencio y afirmó que el artículo 13 transitorio amplía dos años su presidencia, mas no extiende el plazo en su cargo como ministro, que concluye en 2024.

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A través de un comunicado emitido minutos después de que la Cámara de Diputados avaló el dictamen en sesión maratónica, el ministro señaló que será el pleno de la SCJN el que analizará y resolverá la constitucionalidad de dicho artículo, ante cualquier acción de inconstitucionalidad que se presente.

“Por respeto al procedimiento legislativo que se encontraba en curso, no emití pronunciamiento personal al respecto.

“Ahora que la aprobación de las leyes reglamentarias ha terminado, estaré atento, primero, a su publicación, y después, a cualquier acción legal que se llegara a presentar ante la SCJN, órgano que, en su caso, deberá analizar y resolver cualquier cuestión de constitucionalidad”, explicó.

Escenarios

Según la ley, son facultados para interponer una acción de inconstitucionalidad 33% de los integrantes de San Lázaro o 33% del Senado. También, el fiscal General de la República, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), 33% de los integrantes de las Legislaturas de las entidades federativas y los partidos con registro, entre otros.

Al respecto, el director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Pedro Salazar Ugarte, comentó que, si no se interpone dicho recurso, la norma sería válida al cabo del periodo de 30 días y habrá que esperar el posicionamiento, que sería político por parte del presidente de la Suprema Corte y de los consejeros de la Judicatura Federal, quienes tendrían que decir si aceptan o no la ampliación del mandato, ya no por cuestiones legales, sino de carácter político.

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“Yo esperaría que, por ejemplo, el presidente de la SCJN dijera que no acepta la ampliación porque él mismo se ha opuesto de manera contundente, clara y precisa a la ampliación del plazo de mandato de los magistrados electorales y también al plazo de ampliación del gobernador del estado de Baja California”, indicó en entrevista con .

Salazar Ugarte detalló que la otra alternativa es que se presente una acción de inconstitucionalidad y ahí se tendría que ver que el presidente de la SCJN adelantó que se abstendrá de participar en la discusión.

“Así que quedarían 10 votos en vilo, de los cuales se necesitan ocho para declarar inconstitucional el artículo transitorio que nos ocupa. Es muy difícil saber si esos ocho votos se van a reunir o no, porque bastarían tres en contra, más la abstención del ministro Zaldívar, para que la norma prevaleciera”, comentó.

Y añadió: “Comparto dos precedentes. Además del propio ministro Zaldívar, que claramente se ha pronunciado por la inconstitucionalidad de estas ampliaciones, pero que no votorá ni participará, está el del ministro Ortiz Mena, quien hizo el proyecto en el caso de los magistrados electorales y que fue contundentemente contrario a la ampliación de su mandato”.

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En su momento, el ministro Zaldívar Lelo de Larrea pronunció: “La independencia judicial exige que el Congreso no pueda desplegar su acción legislativa respecto de las condiciones de los nombramientos de los titulares de un tribunal”.

Ello con motivo de acciones de inconstitucionalidad promovidas ante el decreto que autorizaba las ampliaciones de los cargos de los magistrados del TEPJF.