Luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Senado la terna de candidatos a ministro o ministra de la (SCJN), integrada por Loretta Ortiz, Verónica de Gyvés y Bernardo Bátiz , el pleno de la cámara alta aprobó el procedimiento legislativo para elegir a quien ocupará la vacante que dejará el ministro Fernando Franco González Salas, a partir del 12 de diciembre.

El acuerdo avalado establece la ruta para la designación del nuevo ministro o ministra de la SCJN. En primer término, la Comisión de Justicia verificará que las personas propuestas en la terna cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 95 de la Constitución Política, para lo cual convocará a los candidatos a que comparezcan para responder preguntas.

En dicha reunión, con fecha y hora por definir, harán uso de la palabra las personas propuestas en la terna enviada por el Presidente de la República en orden alfabético, es decir, Bernardo Bátiz, Verónica de Gyvés y Loretta Ortiz.

Luego, la Comisión de Justicia presentará a consideración del Pleno del Senado el dictamen relativo a los requisitos de elegibilidad de las personas que integran la terna.

El dictamen aprobado por la Comisión se publicará en la Gaceta del Senado por lo menos 24 horas antes de la sesión en la que se someta a la consideración del Pleno.

“Con base en el dictamen remitido por la Comisión de Justicia, la Presidenta de la Mesa Directiva convocará a las personas integrantes de la terna para que realice una exposición sobre la idoneidad de su candidatura ante el Pleno del Senado, una vez cumplida en las 24 horas señaladas en el resolutivo resolutivo anterior”, señala el,acuerdo.

En la sesión plenaria, una vez que se vote el dictamen presentado por la Comisión de Justicia, se realizarán las exposiciones de cada persona propuesta en el orden de la terna respectiva, para lo cual harán uso de la palabra por un tiempo máximo de 20 minutos cada una, y en dichas exposiciones no habrá preguntas ni debates.

El documento aprobado establece que una vez desahogadas todas las exposiciones, se realizará la votación para elegir a quien ocupará el cargo de ministro o ministra de la SCJN.

“La elección se realizará a través de votación por Cédula, como lo marcan los artículos 97, párrafo primero, fracción tercera y 101 del Reglamento del Senado de la República. La persona que resulte electa, rendirá inmediatamente la protesta al cargo”.

En el supuesto de que en la primera votación ninguna de las personas propuestas reúnan la mayoría constitucional requerida de dos terceras partes de los senadores presentes, se realizará una segunda votación por Cédula de manera inmediata, y no se reúne nuevamente la mayoría requerida, la terna se tendrá por rechazada, por lo que el titular del Ejecutivo deberá designar directamente al nuevo ministro o ministra.

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kl

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