La Suprema Corte de Justicia de la Nación () admitió a trámite dos acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores y diputados de oposición contra las reformas a la Ley de Amparo, en vigor desde junio pasado.

“Se tiene por presentados a los promoventes con la personalidad que ostentan y se admiten a trámite las acciones de inconstitucionalidad que hacen valer”, publicó este lunes el máximo tribunal del país en la lista de notificaciones.

Las impugnaciones contra las reformas a la, presentada por la oposición en el Congreso, se turnaron al ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien deberá elaborar un proyecto de sentencia.

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“Con el escrito y los anexos fórmese y regístrese el expediente físico y electrónico, relativo a la acción de inconstitucionalidad hecha valer por quienes se ostentan como diversos integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Túrnese este expediente al Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para que instruya el procedimiento correspondiente, de acuerdo con el registro que al efecto se lleva en la Subsecretaría General de Acuerdos de este Alto Tribunal”, se publicó en la lista de notificaciones.

En julio pasado, las bancadas del PRI, PAN y PRD en la Cámara de Diputados presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra las reformas a las leyes de Amparo y de Amnistía impulsadas por el presidente .

Para los diputados de oposición, la reforma a la ley de amparo, que impide a los jueces suspender los actos de las autoridades en varios supuestos, aun cuando éstos afecten el interés de la sociedad, implica que esta herramienta deje de ser efectiva para defender los derechos de la ciudadanía.

“Si no se previene que se materialice el daño a los derechos de las personas, el juicio de amparo deja de ser un medio efectivo de protección”, acusaron.

“El decreto reformatorio es contrario a los artículos 17, de la Constitución que prevé el derecho a la tutela judicial efectiva, así como los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en donde se consagran las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial de los derechos humanos”, indicaron.

Respecto a las modificaciones a la Ley de Amnistía, los diputados del PAN, PRI y del PRD aseguraron que “genera la impunidad, e impide de forma definitiva que las víctimas de graves violaciones a derechos humanos tengan derecho de acceder a la verdad, a la justicia y la reparación, por lo que es claramente violatorio de los derechos de las víctimas”.

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