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Al aprobar nuevas medidas cautelares por violación de la veda durante la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador , los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral ( INE ) advirtieron que el “decretazo” aprobado por el Congreso de la Unión que interpreta el alcance de la propaganda gubernamental no es aplicable al actual proceso de revocación de mandato, tal como ya se ha pronunciado la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF ).
En sesión extraordinaria urgente de carácter privado de dicha comisión, el consejero Ciro Murayama aseguró que este decreto no es aplicable, toda vez que las leyes electorales no pueden modificarse en un plazo de 90 días previos a que inicie el proceso electoral, “y si bien la revocación de mandato no es un proceso electoral ordinario con contienda entre candidatos, lo cierto es que es un ejercicio democrático, cuyas reglas están fijadas antes de que inicie y no se pueden modificar en el camino”.
El consejero coincidió con lo establecido por la Sala Regional Especializada del TEPJF en el Senado de que el decreto, en todo caso, es vigente, pero no es aplicable a la revocación de mandato en curso.
“Las reglas del juego tienen que hacerse antes; si se hacen una vez iniciado el juego, aplicarán para el partido ulterior, no para el que ya se está llevando a cabo (…) Más aún cuando lo que esta Comisión de Quejas ha hecho es aplicar criterios de la Sala Superior que interpretan la Constitución, y la Constitución no ha sido modificada en lo que hace a la revocación de mandato, ni a lo que es la propaganda gubernamental”, expreso.
Ciro Murayama
aseguró que “hay mucha confusión” entre los funcionarios públicos y dirigentes partidistas, pues “hay quien dice que ya se permite que los partidos políticos divulguen la revocación (pero) no es el caso, ese decreto no habla de partidos políticos. (…) Hay quien ha dicho ya, ‘ahora sí podemos hablar’".
El consejero aclaró que el decreto no modifica los límites del artículo 35 constitucional a la promoción de la revocación, que sigue siendo facultad exclusiva del INE, por lo que los gobernantes siguen teniendo el deber de solo incluir en sus campañas de difusión y en la propaganda gubernamental lo que tiene que ver con educación, salud y, en su caso, protección civil.
Dijo que lo que el decreto en todo caso estaría modificando es si se hace más laxa la posibilidad de que se haga intervención pública por parte de los servidores públicos , pero eso señaló que ya se revisará en su momento la constitucionalidad del mismo.
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Por su parte, la consejera Claudia Zavala enfatizó que los servidores públicos y los partidos políticos deben tener claro que "tienen prohibido intervenir en el proceso de revocación de mandato y lo deben de tener claro porque se está mal informando, incluso desde las voces de algunos representantes de los partidos políticos, incluso hubo una afirmación con relación a lo que resolvió la Sala Regional Especializada, en la que se dice que un Tribunal no puede ir en contra del Poder Legislativo".
"Y aquí es bien claro el constitucionalismo, el Estado de Derecho exige que todos los poderes, incluido el legislativo, se someten a la Constitución. Esas son las reglas básicas de un Estado democrático y un Estado de Derecho como el que nos rige”.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE aprobó medidas cautelares y ordenó bajar de redes sociales y plataformas de la Presidencia de la República y el gobierno federal las conferencias mañaneras de los días 7, 14 y 17 de marzo, en las que se habló de resultados de la estrategia de seguridad pública, entrega de fertilizantes, obras de mejoramiento urbano y estímulos fiscales relacionados con las gasolinas, entre otros temas.
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