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justiciaysociedad@eluniversal.com.mx
La consulta ciudadana convocada por el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, no está prevista en ninguna ley y aunque esto no la convierte en un acto ilegal, los ciudadanos que acuden a votar más de una vez tampoco pueden ser acusados de ningún delito electoral.
Especialistas consultados por EL UNIVERSAL explicaron que el ejercicio que desde ayer se realiza en el país sobre la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de México no es comparable a ningún proceso electoral ni a las consultas populares previstas en la Constitución Mexicana.
Pedro Hernández Gaona, ex director jurídico del Tribunal Federal Electoral (hoy Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación), afirmó que la consulta se equipara más a una encuesta realizada por particulares.
“De existir irregularidades en su realización, el equipo del presidente electo no incurre en responsabilidades administrativas o electorales, ni los ciudadanos que participan en ella y acuden a votar varias veces pueden ser acusados de violar una ley, porque la consulta no está prevista en ninguna ley.
“Incluso su resultado tampoco puede tomarse como obligatorio, porque ni siquiera existió una intervención real de una autoridad electoral, como el Instituto Nacional Electoral, que la legitime”, dijo.
Roberto Duque, especialista en Derecho Constitucional, explicó que la consulta ciudadana no es como una consulta popular, pues en el caso de ésta existe la Ley Federal de Consulta Popular, la cual establece las reglas que deben ser observadas para su realización y las limitaciones de la misma.
“Lo que decidieron los organizadores de esta consulta fue jugar sin reglas, porque hay reglas para las elecciones en México y las hay para la consulta popular, en el artículo 35 constitucional, y toda una ley, de 65 artículos específicamente, para consultas populares sobre temas de interés nacional que se ignoraron. Se optó por realizar esta consulta fuera de la ley, como un ejercicio de particulares y que desfigura totalmente la democracia participativa.
“No hay efecto jurídico alguno de esta consulta, por esto mismo, porque no hay reglas para nadie”, dijo.
Detalló que una consulta popular se debe convocar por el Poder Legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación califica si la misma es constitucional y posteriormente el INE se encarga de organizarla; lo que no ocurrió con la consulta ciudadana.