Los nuevos partidos políticos y el revés judicial a Margarita Zavala y Felipe Calderón formaron parte del Primer Informe de Labores del magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Luis Vargas Valdez, quien enfatizó que si bien el órgano jurisdiccional resuelve los conflictos y disputas que se suscitan en el ámbito del poder político lo hace a partir de criterios estrictamente jurídicos.

En sesión solemne de plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y del TEPJF en formato virtual, puso énfasis en que si bien las decisiones de cualquier tribunal, sobre todo en asuntos complejos, son opinables y debatibles, en éstas siempre deberán imperar las razones del derecho.

Vargas Valdez destacó que del 1 de noviembre de 2019 al 31 de octubre pasado, en plena pandemia por el Covid-19, el TEPJF resolvió 13 mil 890 asuntos, en su mayoría por unanimidad de votos. “A pesar de que la pandemia nos orilló a una inmediata adaptación para la tramitación de los asuntos, y debido a que las etapas de los procesos son muy breves, nuestro tiempo de resolución fue de 22 días en promedio”, dijo.

Entre los asuntos relevantes destacó el que derivó en que el TEPJF declaró que la pandemia no es justificación para detener la renovación de dirigencias partidistas y que permitió la elección del nuevo dirigente nacional de Morena, Mario Delgado.

“De cara al proceso electoral que ya se encuentra en marcha, y que es, a la fecha, el más grande y probablemente el más desafiante de nuestra historia, México requiere de un árbitro creíble, legítimo e imparcial que resuelva los conflictos y convenza con argumentos apegados al marco legal”, enfatizó.

En el informe, el magistrado presidente retomó las solicitudes de Fuerza Social por México, Redes Sociales Progresistas, Encuentro Solidario y México Libre para ser registrados como partidos políticos.

Los tres primeros, vinculados al presidente Andrés Manuel López Obrador y a Elba Esther Gordillo obtuvieron resoluciones favorables por parte de los magistrados, mientras que México Libre, agrupación de Margarita Zavala y Felipe Calderón, no.

Según el documento, la negativa del registro a México Libre fue porque el tribunal consideró que hubo irregularidades al no acreditar su legal financiamiento.

En tres párrafos, resumió la controversia sobre la negativa del registro a México Libre.

“Analizamos si cumplió o no con sus obligaciones en materia de fiscalización, específicamente de transparentar y dar certeza del origen de los recursos que recibió en efectivo por montos mayores a los permitidos”, dijo el Tribunal.

“La norma es clara: la comprobación de aportaciones superiores a 90 unidades de medida y actualización (UMA) debe ser con cheque o transferencia electrónica (…) la agrupación debió aclarar la identidad y el origen de las aportaciones realizadas mediante el uso del método de pago Clip”.

Clip es una terminal de pago que no requiere ningún cargo mensual o cumplir con un mínimo de ventas.

El TEPJF consideró que el uso de este dispositivo por parte de México Libre resultó contrario a los lineamientos y al Reglamento de Fiscalización, por lo que las aportaciones recibidas por este medio resultaban irregulares.

“La asociación mostró una actitud sistemática de no aclaración de las aportaciones mencionadas, lo que, a juicio de la Sala Superior, impactó de manera cualitativa en los principios de transparencia y certeza del financiamiento”, agregó.

“Determinamos que no era procedente otorgar el registro a una agrupación que, respecto de su financiamiento, mostró reiteradas actitudes de violación de la ley, y que tampoco era jurídicamente posible imponerle al INE la obligación de revisar nuevamente la legalidad del origen de los recursos, cuando fue la asociación interesada la que, en su momento, no realizó las aclaraciones correspondientes”.

Encuentro Solidario, liderado por el mismo grupo del extinto Partido Encuentro Social, fue muy criticado por integrar a líderes de la Iglesia Evangélica en sus asambleas, que fueron anuladas por el Consejo General del INE.

El TEPJF consideró que esa anulación bastó para no negar la constitución de la organización como partido político.

“No quedó acreditada una campaña conjunta entre la agrupación y las asociaciones religiosas para lograr las asambleas y la afiliación de personas mediante el uso de una ideología o de símbolos religiosos”, explicó.

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