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"Reforma Judicial debe hacerse sin precipitaciones con inclusión, apertura y tolerancia": ONU-DH

Jesús Peña Palacios, representante adjunto en México del Alto Comisionado de la ONU-DH afirmó que la independencia judicial no se trata de un privilegio, sino de una condición necesaria en todo estado de derecho

ONU-DH. Foto: Especial
12/08/2024 |16:58
Manuel Espino
Reportero de la sección NaciónVer perfil

En México existe consenso sobre la necesidad de una , que debería darse a partir de un diagnóstico objetivo basado en evidencia y que abarque a todas las instituciones del sistema de justicia, consideró Jesús Peña Palacios, representante adjunto en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los (ONU-DH).

Además, dijo durante el inicio del Encuentro Internacional sobre Independencia Judicial, debe garantizar los avances de las últimas décadas y hacerse sin precipitaciones, con inclusión, apertura, tolerancia, y con un sentido realista de lo que implicaría la operatividad de cualquier cambio constitucional.

“Una reforma debería partir de un diagnóstico objetivo basado en evidencia y abarcar todas las instituciones que conforman el Sistema de Justicia, los órganos jurisdiccionales, las fiscalías, las instituciones periciales, forenses y de identificación humana, las comisiones de víctimas, las defensorías públicas, las policías y otras corporaciones investidas de funciones de seguridad pública, el sistema penitenciario, la profesión jurídica y el sistema de formación y enseñanza del derecho y otras disciplinas relevantes”.

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El diplomático afirmó que la independencia judicial no se trata de un privilegio, sino de una condición necesaria en todo estado de derecho.

“Sin ella se carece de un dispositivo indispensable para asegurar que todas las personas, con independencia de su condición e instituciones públicas y privadas, estén sometidos a las leyes que las mismas se hagan cumplir por igual y que se apliquen con imparcialidad”.

Y añadió: “La independencia judicial persigue como uno de sus objetivos centrales la protección de los derechos humanos, no se trata, por tanto, de un privilegio de quienes ejercen la función judicial sino de una prerrogativa en favor de las personas que interactúan con una instancia judicial”.

“Bien entendida, el objetivo primario de la independencia judicial es proteger y servir a las personas, a las personas usuarias del sistema de justicia, a las personas justiciables, a quienes tocan las puertas o son llevadas ante una instancia judicial con el objetivo de que se terminen, hagan valer o respeten sus derechos; es un derecho al servicio de las personas, de todas las personas, no una franquicia o una patente al servicio de quienes desempeñan la función judicial”.

Dijo que el escrutinio internacional a México “se realiza de buena fe, sin lesionar la soberanía nacional o pretender invadir los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna del Estado, por el contrario, se basa en las obligaciones que libremente el Estado mexicano ha adoptado en la esfera internacional con el fin de promover que los derechos y libertades reconocidos sean respetados y las disposiciones del derecho interno sean compatibles con los compromisos internacionales”.

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mahc/rmlgv

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