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Un juez federal del Estado de México concedió a Rafael Caro Quintero una suspensión de plano y de oficio para que cesen de inmediato la segregación e incomunicación, tanto de familiares como de sus abogados, que acusa el narcotraficante al interior del penal de máxima seguridad del Altiplano .
El pasado domingo, el fundador del Cártel de Guadalajara promovió un amparo en el que reclama segregación e incomunicación de familiares y abogados, y que no se le ha permitido nombrar defensor, lo que atenta para su adecuada defensa.
Por lo anterior, el juzgador determinó la suspensión de plano y de oficio , para el efecto de que cesen de inmediato dichos actos, “así como cualquier otro acto prohibido en el artículo 22 de la Constitución Federal, y 15 de la Ley de Amparo; en el entendido que queda a cargo y bajo la responsabilidad de las autoridades responsables, la integridad y salud del impetrante de la Justicia Federal”.
El juez de amparo comisionó a un Actuario Judicial adscrito para que se presente en el penal de Altiplano , con residencia en Almoloya de Juárez, Estado de México, para dar fe del estado físico visible que presenta Caro Quintero , detenido en julio pasado, así como del lugar en que se encuentra.
También para que le notifique el presente auto, haciendo de su conocimiento el contenido de esta determinación, y le requiera a fin de que dentro del plazo de tres días, manifieste si ratifica o no la demanda promovida en su nombre por Carlos Enrique García Limón .
También el juez dio un plazo improrrogable de 12 horas a las autoridades penitenciaras para informar el cumplimiento dado a la suspensión de oficio y de plano que se decreta, apercibidas, (con excepción del Juez de Distrito vinculado al cumplimiento) que en caso de no acatar lo anterior, se dará vista a la Fiscalía General de la República adscrita, por la probable comisión del delito previsto y sancionado en el artículo 262.
Lee también: Crónica de cuando se armó un "circo" en una audiencia de Caro Quintero, en 1985
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ardm