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Un Tribunal Colegiado declaró infundada la queja de la Secretaría de Gobernación (Segob) contra la suspensión de plano que un juez de amparo concedió al capo Rafael Caro Quintero contra su extradición a los Estados Unidos.
Por unanimidad de votos, los integrantes del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal aprobaron el proyecto de sentencia del magistrado Ricardo Paredes Calderón, que declaró improcedente el recurso interpuesto por el director general de Procedimientos Constitucionales de la Segob, Edgar Manuel Contreras Hernández.
El 27 de mayo, un juez de amparo del Estado de México concedió al fundador del Cártel de Guadalajara la suspensión de plano contra su traslado al vecino país del norte para ser presentado ante una Corte.
De acuerdo con la lista de notificaciones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), la suspensión concedida a Caro Quintero, uno de los fundadores del extinto Cártel de Guadalajara prohíbe a las autoridades realizar la extradición.
“Para el efecto de que la parte quejosa quede a disposición de este Juzgado Federal por cuanto hace a su libertad personal, en el lugar en que se encuentra recluido y para que se abstengan de ejecutar contra el quejoso la petición de extradición, que dice, existe en su contra; debiendo las autoridades responsables informar, en un término no mayor a veinticuatro horas, el cumplimiento que den a esta determinación”, menciona la notificación.
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bmc