Ayer los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenaron dos propuestas que pretendían declarar inconstitucional la NOM 046 que establece que las mujeres y niñas víctimas de violación tienen derecho a acceder a la interrupción legal del embarazo.

Sin embargo, el Pleno aún no ha emitido un fallo relacionado con este tema, por eso vale la pena que recordemos de dónde derivó la discusión en la que ayer la Corte se pronunció por proteger a las mujeres y niñas víctimas de violación.

Para proteger a las mujeres de todo el país de la violencia doméstica y regular su derecho de atención médica, el Congreso de la Unión emitió la NOM 190 .

Sin embargo, dicha norma fue reformada luego de que el caso de Paulina, niña de 13 años fue víctima de violación en el estado de Baja California y se le obligó a continuar con el embarazo producto de dicha agresión, llegó en el año 2002 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Desde el año 2006 México se comprometió a ajustar la NOM 190 para facilitar a las mujeres y niñas el acceso al aborto cuando son víctimas de violación y agilizar su proceso para evitar los embarazos no deseados.

En el 2016 se aprobó y publicó la modificación de la NOM 190 y se convirtió en NOM 046 que establece que las víctimas de violación pueden solicitar la interrupción de su embarazo en cualquier institución de salud pública del país, mismas que deberán contar con médicos y enfermeras no objetores de conciencia, sin necesidad de presentar una denuncia previa o contar con una autorización judicial.

La NOM 046 establece que bastará que la víctima presente un escrito o manifieste bajo protesta de decir verdad que fue agredida sexualmente para que se le practique el aborto de manera legal y segura.

LLEGADA A LA CORTE

Desde el año 2016 los poderes Ejecutivo y Legislativo de Baja California y el Legislativo de Aguascalientes presentaron tres controversias constitucionales para invalidar la NOM 046

El Ejecutivo de Baja California y el Legislativo de Aguascalientes argumentaron que la NOM 190 fue modificada para crear la NOM 046 sin respetar las reglas del procedimiento que establecen la creación o reformas de este tipo de normas.

Ayer, en el Pleno de la Corte fueron presentados dos proyectos para resolver los alegatos de ambas entidades en los que se proponía declarar inválida la NOM 046.

Sin embargo, con 8 votos de los ministros los proyectos fueron desechados, por ello el Pleno ordenó enviar los dos asuntos a otro ministro para que realice un nuevo proyecto conforme a las opiniones de la mayoría.

Estas opiniones se inclinaron por declarar la validez de la NOM 046 y a favor del derecho de las mujeres y niñas víctimas de violación de interrumpir legalmente el embarazo producto de dicha agresión sin necesidad de mayores requisitos.

¿

LA CORTE EMITIÓ JURISPRUDENCIA?

No, debido a que una mayoría de 8 ministros rechazó las propuestas de declarar inválida la NOM 046 y el asunto fue enviado a otro ministro, aún no existe un fallo relacionado a estas dos controversias constitucionales.

Todavía este martes la Corte analizará la tercera demanda tramitada por el Poder Legislativo de Baja California que alegó que el Congreso de la Unión invadió su competencia al crear la NOM 046.

¿PARA CUÁNDO ESTARÁN RESUELTOS LOS ASUNTOS?

No existe una fecha precisa para que sean presentados los dos nuevos proyectos sobre lo que analizó ayer la Corte pues los ministros no tienen términos fijos para resolver los casos que les son turnados, por lo que pueden pasar meses o hasta un año para que el tema regrese al Pleno y se oficialice la declaratoria de validez de la NOM 046.

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