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CDMX.- Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) inició el análisis de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos .
El proyecto de resolución a las impugnaciones presentadas contra esta ley fue elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán quien propuso al Pleno invalidar en su totalidad la norma porque el Congreso de la Unión no respetó los tiempos para legislar e incurrió en omisiones dentro del texto legal .
Aunque hasta ahora tres ministros ya se pronunciaron en contra del proyecto ¿por qué es importante la ley de salarios?
La Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos aplica a todos los trabajadores gubernamentales a nivel federal, estatal, municipal, que se encuentren adscritos en dependencias, administraciones paraestatales, paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos así como cualquier otro ente público.
Su creación está prevista en la reforma constitucional del año 2009 en la que se estableció en el artículo 127 que ningún servidor público podía ganar más que el Presidente de la República y que para regular esto el Congreso debía promulgar una ley reglamentaria: la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos .
Según el artículo 127 constitucional estos servidores públicos “recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades”.
Esta remuneración incluye “toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales”.
Todo ello, sin que el servidor pueda ganar más que su superior y que el titular del Ejecutivo a menos que desempeñe diversos empleos públicos o que realice un “un trabajo técnico calificado o por especialización en su función”.
En este caso, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente.
Es decir, que los servidores públicos que realizan trabajos especializados o que tienen más de un empleo en el gobierno, podrían ganar un máximo de hasta 160 mil pesos aproximadamente, considerando que el Presidente Andrés Manuel López Obrador gana 108 mil pesos.
¿Por qué el ministro busca invalidar la ley?
Porque en el año 2009 se ordenó crear la ley pero fue hasta el año 2011 que el Senado envió la iniciativa aprobada y dictaminada a los Diputados para su análisis.
Sin embargo, los Diputados tardaron siete años para dictaminar y aprobar la ley, misma que fue publicada en noviembre del 2018.
Además, el ministro indica que en la ley no se establece cómo se fijará el salario del Presidente de la República para tomarlo como tope máximo salarial para el resto de servidores públicos.
Esto, debido a que, según la Carta Magna, los salarios deben ser adecuados y proporcionales a las responsabilidades que tienen los servidores públicos pero también “digno que les permita desarrollar sus planes de vida y garantizar lo mismo para su familia”, señala el ministro Pérez Dayán.
Es decir, que les permita pagar renta, transporte, comida, vestido, educación, recreación, entre otros elementos entre los que se cuentan algunos que el titular del Ejecutivo no paga con su salario como la renta, el transporte o la comida.
Asimismo, indica que los legisladores tampoco consideraron en la Ley de Salarios que el artículo 94 constitucional establece que los sueldos de ministros, magistrados, jueces y consejeros federales no pueden ser reducidos mientras permanezcan en el cargo.
¿Es lo mismo la ley de salarios o de remuneraciones de los servidores públicos y la ley de austeridad?
No, la ley de salarios regula, como su nombre lo dice, las percepciones de los servidores públicos, mientras que la ley de austeridad regula los límites a los gastos y determina los ahorros que tendrán los entes públicos, es decir, cómo usarán sus presupuestos, no las nóminas.
¿Qué pasaría si invalidan la ley de salarios?
Para que la Corte invalide la ley, como propone el ministro Alberto Pérez Dayán, se requieren ocho votos a favor. Sin embargo, hasta el momento tres ministros ya se pronunciaron en contra de todo el proyecto, por lo que resta un voto en este sentido para que la ley no sea invalidada.
De ocurrir esto, en el siguiente periodo ordinario de sesiones el Congreso de la Unión contará con 90 días para realizar una nueva ley con las consideraciones que incluye el ministro.
¿Qué pasaría si cuatro ministros votan en contra del proyecto de Pérez Dayán?
Hasta ahora tres ministros indicaron que en abril pasado la Ley de Salarios fue reformada y que, por ello, ya se trata de una nueva norma.
En consecuencia, si un cuarto ministro vota en este sentido, la ley quedará vigente y para impugnarla nuevamente se tendría que alegar como acto reclamado el decreto de noviembre de 2011 y su reforma publicada en abril pasado.
El término para reclamar la reforma de abril venció ayer.