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Asesores jurídicos de los 12 pueblos originarios de Tecámac exigieron garantizar el acceso a la justicia de estas comunidades, sin discriminación, en el proceso que siguen los amparos tramitados contra la construcción del aeropuerto en la Base Aérea de Santa Lucía.

En entrevista con EL UNIVERSAL, Bernar Flores, asesor jurídico de los 12 pueblos, destacó que la decisión del presidente Andrés Manuel López Obrador de construir el aeropuerto en Santa Lucía evidencia la discriminación contra los pueblos indígenas que habitan la zona, y cuyos derechos no han sido reconocidos.

El jueves se dio a conocer que un tribunal federal negó frenar la construcción del aeropuerto en Santa Lucía, como solicitó un integrante del pueblo indígena de San Jerónimo Xonacahuacan, porque su comunidad no está reconocida.

El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México consideró que el impacto ambiental que podría ocasionar el aeropuerto no es de carácter irreparable, por lo que también negó la suspensión definitiva.

Ese amparo forma parte de los 10 tramitados por representantes de los 12 pueblos originarios de Tecámac que reclaman que el gobierno federal no ha acreditado la protección al medio ambiente con la construcción de la terminal aérea y que no fueron consultados.

Flores resaltó que el juez federal, Juan Carlos Guzmán, pese a estar obligado constitucionalmente, se abstuvo de admitir a trámite las demandas de amparo presentadas en agosto pasado por diversos miembros de estas comunidades.

Refirió que el 6 de febrero pasado, los tres magistrados que integran el Décimo Tribunal Colegiado decidieron por unanimidad que era posible la protección de las personas indígenas de forma amplia dentro del juicio de amparo.

“Es decir, a las comunidades y pueblos indígenas, como a sus miembros, les es posible concederles, de manera obligatoria por un juez o magistrado, la suspensión de oficio y de plano cuando los actos de cualquier autoridad del Estado mexicano tengan por objeto privar total o parcialmente el disfrute de sus derechos”, explicó.

Sin embargo, en días pasados, los magistrados Óscar Fernando Hernández y Alfredo Enrique Báez, al resolver las quejas que forman parte de los 10 amparos de los pueblos de Tecámac contra el aeropuerto, dijeron que la medida cautelar prevista en el articulo 126 de la Ley de Amparo sólo es aplicable a los ejidos y comunidades agrarias.

El asesor jurídico señaló que el actuar de los magistrados “levanta desconfianzas y suspicacias”.

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