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La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para la Coordinación en el Cumplimiento de las decisiones de Organismos Internacionales de Derechos Humanos al Estado Mexicano.
“La recepción de las decisiones por cualquier medio institucional, significará el comienzo formal del procedimiento de análisis, trámite, coordinación, implementación y seguimiento. (…) El turno de la decisión al personal adscrito a la Coordinación, no deberá rebasar los diez días hábiles posteriores a que la Dirección General de Derechos Humanos y Democracia de la Secretaría de Relaciones Exteriores notifique la decisión a la Secretaría de Gobernación”, establece el documento.
En casos de urgencia, aclara, se deberá turnar en un plazo que no exceda de tres días hábiles.
“Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las directrices para la coordinación, atención y seguimiento, a cargo de la Coordinación para la Atención de Casos en Organismos Internacionales de Derechos Humanos, de las acciones relacionadas con el cumplimiento de las decisiones del Sistema Universal de Derechos Humanos para el Estado Mexicano”.
Los lineamientos, que entrarán en vigor este miércoles 3 de mayo, señalan que para la correcta y eficaz atención y seguimiento del cumplimiento de las decisiones, se deberán considerar los siguientes criterios para la asignación del asunto al personal adscrito a la Coordinación:
I. Plazo que se fijó por el organismo internacional de derechos humanos;
II. Existencia de antecedentes del asunto;
III. Complejidad del asunto;
IV. Distribución regional o por entidad federativa, considerando las competencias de las autoridades involucradas, así como del conocimiento del contexto del asunto por el personal adscrito a la Coordinación, y
V. Las cargas de trabajo de las personas servidoras públicas adscritas a la Coordinación.
Una vez turnado el asunto, la persona servidora pública responsable de la atención y el seguimiento de la decisión realizará un análisis, a fin de identificar a las autoridades del Estado mexicano involucradas en su cumplimiento, así como las acciones concretas a realizar para tal efecto, información que será presentada en una tarjeta informativa a la persona titular de la Coordinación para su conocimiento.
maot