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La Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer los Lineamientos para la integración y funcionamiento del Comité Permanente de Seguimiento a las Acciones para la Gestión de las Solicitudes de Preliberación de Personas Sentenciadas, así como para identificar casos de personas en prisión preventiva y de aquellas que hayan sido víctimas de tortura .
En el documento, publicado en edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) se instruye a la propia Segob y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), a realizar acciones para gestionar, ante las autoridades competentes, dichas solicitudes de preliberación en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
La Segob y la SSPC, a través del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, deberán conformar un Comité de Seguimiento de carácter permanente y obligatorio, y cuyos acuerdos serán vinculantes, que diseñe los mecanismos para garantizar que se obtenga la información necesaria para lograr la preliberación de las personas que se encuentren en los supuestos descritos.
El Comité de Seguimiento elaborará en el mes de diciembre un informe de resultados respecto del seguimiento a las acciones realizadas por las áreas correspondientes de las instituciones integrantes en cumplimiento al Acuerdo, el cual deberán presentar al titular del Ejecutivo Federal, a más tardar en el mes de enero siguiente.
Estos lineamientos se originan del decreto presidencial que ordena la liberación de presos que hayan sido torturados, adultos mayores de 75 años privados de la libertad y quienes padezcan enfermedades crónicas y sean mayores de 65 años.
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