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Este lunes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que se emite la convocatoria para la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador , prevista para realizarse el próximo 10 de abril.
El Acuerdo establece que la promoción y difusión del proceso de revocación de mandato iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOF, la cual concluirá hasta tres días previos a la fecha de la consulta.
Durante la campaña de difusión, el INE promoverá la participación de los ciudadanos en la revocación de mandato a través de los tiempos en radio y televisión que le corresponden al órgano electoral.
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Además, como parte de las actividades de difusión, el INE desarrollará en el periodo comprendido entre la publicación de la convocatoria y la jornada de revocación de mandato, dos foros de discusión en los que la ciudadanía interesada podrá participar bajo el formato y reglas que para tal efecto emita este Instituto.
“Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la revocación de mandato”, explica el documento publicado en el DOF.
Agrega que durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, es decir, desde el 4 de febrero al 10 de abril del presente año.
Los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, sólo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil.
“Las ciudadanas y los ciudadanos podrán dar a conocer su postura sobre la revocación de mandato siempre y cuando no contraten propaganda en radio y televisión”, detalla.
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Por otra parte, informa que las personas ciudadanas mexicanas que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la revocación de mandato, aplicándose en lo conducente lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Para estos efectos, se específica que:
a) La modalidad para ejercer su derecho al voto en la revocación de mandato, será de manera electrónica por Internet.
b) A partir de las 20:00 horas, tiempo del centro de México, del 1 de abril dará inicio el periodo de votación, y concluirá a las 18:00 horas del día 10 de abril.
La pregunta incluida en la boleta que estará disponible en cada una de las 57 mil 300 casillas que se instalarán el día de la jornada, es:
¿Estás de acuerdo en que a ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?
Para la cual se establecieron las siguientes opciones de respuesta:
-Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza, o
-Que siga en la Presidencia de la República.
La convocatoria estipula que la revocación de mandato sólo procederá por mayoría absoluta. “Cuando la declaratoria de validez que emita el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación indique que la participación total de la ciudadanía en el proceso de revocación de mandato fue, al menos, del 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores , el resultado será vinculatorio para el titular de la Presidencia de la República”.
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bmc