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A nombre de la bancada del Partido Acción Nacional, el diputado Héctor Saúl Téllez Hernández propuso limitar las facultades del presidente de la Cámara de Diputados para presentar controversias constitucionales.
Lo anterior luego de que el pasado 21 de diciembre, el actual presidente del recinto legislativo de San Lázaro presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional en contra de un acuerdo avalado por los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se había suspendido temporalmente la realización de la consulta de revocación de mandato.
“El presidente de la Mesa Directiva presentó este recurso sin consultar a las demás fuerzas políticas que forman la Cámara. Se observa que el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de manera individual se ha valido de la institución, y de todo el aparato gubernamental y judicial para presionar con el objeto de que se lleve a cabo la revocación de mandato, y que esto atenta contra la pluralidad y la conducta institucional que debe guardar su investidura”, señala la iniciativa en su exposición de motivos.
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Por ese motivo, argumenta que para prevenir que estas situaciones puedan suscitarse de nueva cuenta, “se propone esta iniciativa para delimitar la representación legal del presidente de la Mesa Directiva en el sentido de que en los períodos de recesos de la Cámara podrá presentar controversias constitucionales, debiendo acordar de forma urgente con la Junta de Coordinación Política la pertinencia de su presentación”.
Con ello, se establece que será la Jucopo la que solicite a la Mesa Directiva que el área jurídica de la Cámara emita su opinión técnica sobre su procedencia o improcedencia.
“El deber de los legisladores es velar por el respeto de la Cámara de Diputados, y más aún, la labor del presidente de la Mesa Directiva es actuar de manera institucional y no a nombre de partidos políticos o de servidores públicos”, expone la propuesta.
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Con la propuesta de reforma a los artículos 23 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 233 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se agrega “En los periodos de recesos de la Cámara podrá presentar controversias constitucionales, debiendo acordar de forma urgente con la Junta de Coordinación Política la pertinencia de su presentación. Esta última solicitará a la Mesa Directiva que el área jurídica de la Cámara emita su opinión técnica sobre su procedencia o improcedencia”.
A partir de la solicitud del presidente, la Junta solicitará a la Mesa Directiva la opinión técnica del área jurídica de la Cámara, la cual deberá emitirse en un plazo no mayor de 2 días; a partir de la recepción de la opinión del área jurídica de la Cámara, la Junta tendrá tres días para reunirse y tomar una decisión sobre la presentación de la demanda, para lo cual se deberá contar con la aprobación de la mayoría calificada de los miembros presentes; y si la Junta aprueba su presentación, el presidente deberá dar curso en tiempo y forma ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en ningún caso tardará más de veinticuatro horas después de haber sido votada.
maot