La figura de la prisión preventiva oficiosa, lejos de disuadir a la delincuencia en México, afecta a la población más pobre y vulnerable, alerta el analista de seguridad Alejandro Hope.
En entrevista con EL UNIVERSAL, califica esta figura como “medieval”, por lo que confió en que logre aprobarse el proyecto que se discutirá en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a fin de optimizar el sistema de justicia penal en el país.
“No hay ninguna evidencia de que la prisión preventiva oficiosa, es decir, el uso automático de la prisión preventiva tenga efectos disuasivos sobre la incidencia delictiva”, subraya el especialista.
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Los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa van desde delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación y secuestro, hasta robos a casa-habitación y transporte público, y uso de programas sociales con fines electorales, entre otros dentro del catálogo de ilícitos graves.
El próximo 5 de septiembre la SCJN analizará la inaplicación de la parte del artículo 19 de la Constitución que establece la prisión preventiva oficiosa para 16 delitos graves.
Además, se propone la invalidez del artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y del artículo 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional, por establecer la procedencia de la prisión preventiva en forma oficiosa, absoluta, desproporcionada y automática, que contradice la presunción de inocencia.
Hope advierte que esta figura “afecta fundamentalmente a los pobres que no pueden pagar un abogado privado y que, por tanto, no pueden negociar con el Ministerio Público la imposición de una acusación que no involucre prisión preventiva oficiosa”.
En caso de aprobarse el proyecto del ministro Luis María Aguilar, explica que la prisión preventiva no desaparecería, sino que deberá justificarse.
“La prisión preventiva justificada permanece, pase lo que pase en la Corte. Es decir, el Ministerio Público puede solicitar prisión preventiva al juez y tiene que justificarla”, detalla.
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Apunta que hoy se concede en 90% de los casos las solicitudes del Ministerio Público para esta medida: “Se obliga por lo menos a argumentar por qué una persona debe enfrentar su proceso en prisión. Si nos tomamos en serio el principio de presunción de inocencia, la prisión preventiva es mandar a un inocente a la cárcel, técnicamente”.
Sin embargo, el analista dice que esto debería ser la excepción, no la regla: “Creo que a la par de esto habría que, en un segundo momento, eliminar la posibilidad de iniciar un proceso penal sin una acusación formal, es decir, que el proceso penal empiece ya en la acusación y no en la imputación”.
Previo a la discusión en la Corte, la Secretaría de Gobernación y la Presidencia de la República se manifestaron a favor de mantener la prisión preventiva oficiosa.
“Se trata de evitar que evadan la acción de la justicia, que en represalia por su detención atenten contra la integridad de las víctimas, amenacen o atenten contra testigos, o que sigan cometiendo delitos y dirigiendo actividades criminales que afectan a la sociedad”, justifica el gobierno.
El analista expone que “el único argumento que tienen es que si en todos los casos fuera prisión preventiva justificada, eso generaría presión sobre los jueces y abriría la puerta a la corrupción y a la intimidación”.
Sin embargo, Hope considera que el argumento no se sostiene porque plantea que si es posible corromper a los jueces e intimidarlos, por qué no corromperlos para que no vinculen a proceso en primer lugar.
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