Martí Batres
, presidente del Senado, interpuso esta noche ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación un recurso de reclamación en contra de la suspensión a la Ley de Remuneraciones, otorgada por el ministro Alberto Pérez Dayán.
En el documento Batres afirma que el ministro instructor, Pérez Dayán, “sin facultades y en contravención al principio de legalidad y de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 64 de la Ley Reglamentaria, suspendió la aplicación de la Ley de Remuneraciones, considerando su interés personal , afectando el orden público, el interés social, la economía nacional y la división de poderes”.
Senadores de oposición a Morena interpusieron la semana pasada una acción de inconstitucionalidad contra dicha ley, que establece que ningún servidor público puede ganar más que el Presidente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio entrada a la acción y el ministro Pérez Dayán otorgó una suspensión que frena los efectos de la ley hasta que el alto tribunal resuelva si es constitucional o no.
La acción de inconstitucionalidad de los senadores de oposición se suma a otra que interpuso con anterioridad la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, sin embargo, esta última no había solicitado la suspensión.
Ahora, Martí Batres, presidente del Senado y legislador por Morena, en representación de la Cámara de Senadores interpuso el recurso de reclamación en el que solicita que se dicte una resolución para revocar la suspensión otorgada por Pérez Dayán, pues argumenta que actuó sin facultades y en contravención al principio de legalidad.
El documento dirigido al presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar Morales, señala que en tiempo y forma, “vengo a interponer un recurso de reclamación en contra del ministro instructor Alberto Pérez Dayán, que concedió la suspensión de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, dictado el 7 de diciembre pasado, en el incidente de suspensión de la acción de inconstitucionalidad”.
El documento resalta que la acción de inconstitucionalidad, de conformidad con el artículo 64, último párrafo de la Ley Reglamentaria, “no es dable la suspensión”, por lo que se promueve el presente recurso de reclamación ante la evidente violación a los principios de “legalidad e imparcialidad” por parte ministro,con base en la reglamentación del recurso de reclamación para la suspensión regulada en la controversia constitucional, en la Ley Reglamentaria, “a fin de evitar el daño a la economía nacional, al orden público y al interés social”.
En conferencia, Martí Batres destacó que la Cámara Alta tendrá que analizar institucionalmente los temas que le correspondan de carácter jurisdiccional y generar las respuestas o inconformarse por las acciones de la Corte.
Rechazó que la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos implique una “vulneración” a la autonomía del Poder Judicial, y anticipó que el Congreso de la Unión seguirá impulsando reformas en materia de austeridad, honestidad y combate a la corrupción.
Batres Guadarrama rechazó que exista algún tipo de aspereza o confrontación con el Poder Judicial, aunque reconoció que no coinciden con diversas decisiones que han tomado.
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