El Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York expresó su preocupación por las declaraciones del presidente , al considerar como “traidores a la patria” a los abogados mexicanos que representen a empresas extranjeras que quieran interponer litigios contra la recién aprobada reforma eléctrica.

En un pronunciamiento, la organización señaló que los comentarios del Mandatario son un ataque directo al Estado de derecho, incluida la independencia de los abogados.

El Colegio hizo mención a la conferencia mañanera del 22 de febrero, en la que el Ejecutivo señaló a abogados mexicanos de “traición al país” por representar a empresas extranjeras que están en contra de su propuesta de reforma eléctrica.

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“Es vergonzoso que los abogados mexicanos sean contratados por empresas extranjeras que quieren seguir saqueando a México… ojalá ellos [los abogados] empiecen a internalizar que esto es traición al país”, dijo.

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York afirmó que se opone a cualquier acción o declaración del presidente López Obrador —o sus partidarios— que interfiera indebidamente con el papel de los abogados en México.

Recordó que el artículo 123 del Código Penal Federal de México establece que la traición al Estado incluye un conjunto de acciones como conspiración, sedición y terrorismo, entre otras.

“No hay nada en el estatuto que sugiera que brindar representación legal a un partido adverso a la posición del gobierno implicaría traición contra el país”, subrayó. Además, indicó, el artículo 5 de la Constitución de México establece que “ninguna persona podrá ser impedida de ejercer la profesión, industria, negocio o trabajo de [su] elección, siempre que sea lícito”.

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También añadió que los artículos 1, 17 y 123 constitucionales también protegen a abogados, personas físicas y jurídicas extranjeras al ofrecer y buscar representación legal.

Los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados (1990) obligan a los gobiernos a garantizar que los profesionales del derecho desempeñen sus funciones sin intimidación, obstáculos, acoso o interferencia indebida, y que no sufrirán ni serán amenazados con enjuiciamiento o sanciones administrativas, económicas o de otra índole por cualquier acción realizada de conformidad con deberes, estándares y ética profesionales reconocidos.