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Señor Director:
Con respecto a la nota bajo el título Pese a promesas, 4T aprueba siete proyectos de fracking me permito hacer los siguientes comentarios:
Al respecto, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), hace las siguientes precisiones:
• Los planes aludidos en la nota se refieren a siete asignaciones de Petróleos Mexicanos que fueron otorgadas en la pasada administración en el marco de la denominada Ronda Cero, una de las cuales migró a contrato.
• De esas asignaciones, tres de ellas ya no contemplan actividades de perforación en formaciones no convencionales, mientras que en el resto se está trabajando en la actualización de los planes originalmente aprobados.
• Desde diciembre de 2018, la CNH no ha autorizado la perforación de ningún pozo en yacimientos no convencionales, que utilice la técnica de fracturamiento hidráulico.
• Aunque los proyectos aludidos en la nota se refieren a proyectos de exploración, se destaca que la CNH tampoco ha autorizado en el periodo ningún proyecto en la fase de extracción donde se tenga contemplado el uso del fracking.
• Independientemente de los planes aprobados, los operadores y asignatarios deben cumplir con la normatividad y regulaciones específicas, entre las que destacan:
• Lineamientos que regulan los Planes de Exploración y de Desarrollo para la Extracción de Hidrocarburos (publicados el 12 de abril de 2019), los cuales incluyen un apartado referente a la aprobación “De los Planes relativos a Yacimientos No Convencionales”. Ahí se establecen requisitos necesarios y específicos para la aprobación de Planes relacionados con Yacimientos No Convencionales, tanto para Planes de Exploración, así como de Desarrollo para la Extracción de Hidrocarburos.
• Lineamientos de Perforación de Pozos que establecen que los operadores petroleros que busquen perforar pozos exploratorios, pozos en aguas profundas y ultraprofundas, así como pozos tipo que se utilizarán como modelo de diseño para el desarrollo masivo de yacimientos no convencionales, deberán obtener previamente la autorización de la comisión para realizar dicha actividad. En el proceso, se deberán cumplir diversos requisitos específicos para el caso de pozos en yacimientos no convencionales. En cuanto a los pozos de desarrollo en este tipo de yacimientos, los operadores petroleros deberán presentar ante la comisión un aviso, en términos del artículo 15 Bis de los lineamientos.
• Adicionalmente, los operadores y asignatarios petroleros que hayan sido autorizados por esta comisión para llevar a cabo actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, están obligados a cumplir con la normativa ambiental y del uso del agua que resulten aplicables, emitida por esta comisión, así como por otras autoridades, como la Agencia Nacional de Seguridad industrial y Protección al Medio Ambiente del sector hidrocarburos; la Comisión Nacional del Agua, y demás autoridades administrativas que correspondan, a fin de contar con las autorizaciones, aprobaciones, permisos y demás actos administrativos o requisitos que resulten necesarios para realizar las actividades petroleras relacionadas con la extracción de hidrocarburos, ello de conformidad con el artículo 47, fracciones I, II, V y VIII de la ley de Hidrocarburos.
En nombre de la CNH y en beneficio de sus apreciables lectores, agradeceré la publicación de la presente.
Respuesta del reportero
Sobre sus comentarios al reportaje, Pese a promesas, 4T aprueba siete proyectos de fracking, se le explica que se usó como base documental siete planes aprobados y modificados por ustedes, CNH, a lo largo de 2019.
De los cinco que tenemos copia, en todos se lee “reservas asociadas a plays no convencionales” o a “yacimientos no convencionales”.
El sexto viene de una solicitud de Transparencia, respondida por la CNH el 28 de noviembre de 2019, donde se citan cinco “asignaciones que cuentan con un Plan de Exploración vigente y que se encuentre en yacimientos no convencionales”.
El séptimo viene de la 16 Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, celebrada el 5 de diciembre de 2019, donde se ve que entre sus objetivos está “dar continuidad a la producción en los plays no convencionales”.
Dichos planes son exploratorios, no de extracción, y contemplan pozos, aunque no hayan sido autorizados. Según un documento de la Secretaría de Energía, un yacimiento no convencional “requiere pozos horizontales con fracturamiento hidráulico”.
Cabe señalar que toda esta documentación está desde el momento de su publicación en el sitio de EL UNIVERSAL.
Unidad de Investigación de
EL UNIVERSAL