La diputada (PRD) presentó una iniciativa para expedir la Ley Federal de Gobiernos de Coalición, para fijar los lineamientos para la conformación de este tipo de gobierno, así como para su disolución.

“La disolución del convenio de coalición se formalizará mediante decreto presidencial y su publicación en el Diario Oficial de la Federación previa notificación a ambas Cámaras del Congreso de la Unión”, refiere el proyecto.

Señala que el Gobierno de Coalición es un instrumento de y corresponsabilidad en el ámbito Legislativo y el Ejecutivo, que consiste en la unión de uno o más partidos políticos con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión, convocados de manera expresa por el presidente de la República, para elaborar un Programa de Gobierno de Coalición compartido que se somete a la aprobación del Senado.

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En caso de que su iniciativa sea avalada por el Congreso, entraría en vigor el 1 de octubre de 2024.

“Actualmente ninguna fuerza política puede, por sí sola, imponer su propia visión, ni un programa único. Las reformas que México necesita no pueden salir adelante sin un acuerdo mayoritario, consensuado y legitimado”, refiere el documento.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Gobernación y Población para dictamen, está conformado por 15 artículos, divididos en los siguientes cuatro títulos: “Disposiciones Generales”, “Del Convenio de Gobierno de Coalición”, “De las facultades del Senado para la integración del Gobierno de Coalición” y “De la ratificación de las Secretarías de Estado”.

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El Convenio de Gobierno de Coalición queda definido como el instrumento jurídico entre la persona titular del Ejecutivo Federal y los partidos políticos coaligados, que tiene como finalidad establecer claramente sus objetivos, integración, agenda de gobierno y legislativa, las obligaciones y causales de disolución del Gobierno de Coalición.

En tanto, el Programa de Gobierno de Coalición es el acuerdo programático mediante el cual se establecen, por acuerdo de las partes que integran el convenio de coalición, las políticas públicas, acciones concretas y prioridades que deberán instrumentarse para el cumplimiento de la agenda del gobierno y las agendas legislativas de coalición, mismas que serán incluidas en el Plan Nacional de Desarrollo y sus respectivos programas sectoriales, en los términos de la presente Ley y demás disposiciones aplicables.

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