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A la exsecretaria de Desarrollo Social Rosario Robles Berlanga le fue negada por quinta vez la posibilidad de llevar su proceso en libertad, en el caso de la llamada Estafa maestra, por el que está acusada del delito de uso indebido del servicio público.
Ayer el juez de control con sede en el Reclusorio Sur, Ganther Alejandro Villar Ceballos, le ratificó la prisión preventiva justificada que le impuso en octubre, al considerar que persiste el riesgo de que Robles Berlanga se sustraiga de la justicia y además por falta de voluntad para someterse al proceso judicial que se le sigue.
Pese a que excluyó su capacidad económica, para el juzgador aún hay un alto riesgo de que la exfuncionaria en el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto se sustraiga de la justicia.
“No hay otra medida cautelar idónea que la prisión preventiva justificada”, dijo.
En sus argumentos, que duraron tres horas, en los cuales afirmó que se trataba de la misma audiencia del 30 de abril de 2020, Villar Ceballos afirmó que la defensa de Robles no presentó ningún dato de prueba sostenible para justificar la solicitud de prisión domiciliaria.
Tampoco aclaró la existencia de dos domicilios más de la imputada, además del que acreditó en la audiencia inicial de agosto de 2019, en la que dijo residir ahí por más de 20 años.
“El cambio de medida cautelar se puede conceder a personas mayores de 70 años, a personas cuyos padecimientos pongan en riesgo su vida o en condición de embarazo, pero la imputada no tiene la edad para ello, no está lactando, no está embarazada”, indicó.
“Por el momento no resulta viable esa opción para garantizar la necesidad de cautela. La defensa no presentó ningún dato objetivo que acreditara la necesidad de la prisión domiciliaria, además de que tampoco acreditó tener una enfermedad congénita que le impidiera estar en prisión”.
Enfatizó que la prisión domiciliaria no resulta procedente en atención a la edad y tampoco relativo a que tenga un padecimiento que reduzca sus actividades funcionales que determine que resulte incompatible su internamiento, sobre todo porque sus padecimientos han sido atendidos por las autoridades penitenciarias.
Señaló que en caso de que no sea atendida por las autoridades penitenciarias en cuanto a su salud puede presentar su petición ante el juez de ejecución competente para que instruyan a las autoridades para su atención.
Por ello, “ los argumentos relativos a los padecimientos y estado de salud de la imputada no resultan suficientes para estimar que corre un riesgo de continuar interna”.