El gobernador de Chiapas, Manuel Velasco Coello , presentó ante el Congreso Estatal su licencia para separarse del cargo , y así tomar protesta como senador de la República, el próximo 1 de septiembre , informó el presidente de la Mesa Directiva, Willy Ochoa Gallegos.

Por lo tanto, la 66 Legislatura en las próximas horas nombrará a un gobernador provisional para que asuma y entre en funciones mañana miércoles .

En rueda de prensa, el legislador explicó que a partir de la toma de protesta del gobernador provisional el Congreso Estatal tendrá 10 días para constituirse en Colegio Electoral y nombrar a quien podría ser gobernador sustituto durante los próximos tres meses.

Los diputados reformaron los artículos 6, 43, 45, 52 y 55 de la Constitución chiapaneca, derivado de una “ cuestión extraordinaria” que no correspondió al Legislativo local, ya que fue por una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que permitió que el gobernador Velasco Coello “ pudiera ser candidato a Senado de la República, y al Congreso Estatal corresponde normar situaciones que den certeza y certidumbre política”.

Manuel Velasco fue electo senador a de la República (PVEM) por la vía plurinominal y deberá tomar protesta de ley el 1 de septiembre próximo.

Cuestionado sobre si el gobernador chiapaneco después de protestar como legislador federal podría retornar al cargo, ya no como gobernador constitucional, sino como sustituto, Ochoa Gallegos afirmó que dependerá de la determinación del Senado de la República.

“Dependerá del Senado, si en ese momento le autorizan algún permiso licencia , ésa es una cuestión que no le corresponde a este órgano, sino al Senado de la República”, precisó el legislador del PRI.

Incluso dijo que las reformas pueden ser impugnadas y sujetas a una controversia constitucional, por tanto el Congreso esperará que podrían determinar los órganos judiciales, “si fuera el caso de que alguna persona, partido político o ente, impugnara el hecho, la decisión y determinación del Congreso”, apuntó.

Se le preguntó además porque Velasco Coello no presentó su licencia para nombrar un gobernante interino para que concluya su administración.

El presidente del Congreso del Estado, aseguró que las reformas constitucionales no contravienen la Constitución Federal.

“Estas modificaciones no contravienen el texto federal, pues éste prohíbe que un gobernador constitucional se prolongue indebidamente en el cargo por más de un sexenio, a través de cualquier método de reelección”.

En consecuencia, argumento, esas reformas derivan de su “propia evolución”, figuran y configuran el desarrollo de la norma , su historia y su presente, ya que es indispensable un equilibrio entre reforma y estabilidad, entre cambio y permanencia”.

El legislador defendió las reformas constitucionales hechas que permitirían el regreso de Velasco a concluir su gestión en el gobierno chiapaneco.

Sostuvo que las modificaciones del Legislativo local son de acuerdo con un contexto extraordinario tras la resolución del Tribunal Federal que permitió que el Gobernador Manuel Velasco resultara candidato a senador.

“No está impedido un gobernador que pueda ser gobernador sustituto con la finalidad de terminar su sexenio , y no de irse más allá de los seis años”, señaló.

La semana pasada la Constitución chiapaneca establecía en el artículo 56, apartado 3, que únicamente se podía solicitar licencia al cargo de gobernador por causa grave, pero con las reformas aprobadas por el Congreso y avalada por los Ayuntamientos sólo bastará presentar la decisión y obtener la aprobación legislativa.

Las reformas que hoy fueron oficializadas eliminó dos requisitos para la calidad de gobernador sustituto, pues antes cualquier aspirante a este cargo debía renunciar a cualquier cargo de elección popular 120 días previos o haber solicitado licencia.

Pero hoy, cualquier secretario o integrante del gabinete del gobernador constitucional puede tomar el relevo.

Así también se facultó a la Comisión Permanente del Legislativo para nombrar por mayoría simple a un gobernador provisional , para que asuma por 10 días, antes de la designación del sustituto, aunque Ochoa Gallegos aseguró que la figura de gobernador provisional ya la contemplaba la Constitución Estatal.

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