La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó hoy a Morena incluir en su Convocatoria al III Congreso Nacional el derecho de audiencia de quienes aspiren a la presidencia y la secretaría general, así como reglas claras de participación en el proceso interno.

La ausencia de esas reglas viola los principios de certeza y legalidad, concluyeron los magistrados.

La convocatoria, emitida por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) morenista el 29 de marzo y modificada el 29 de junio, fue impugnada tanto ante el órgano de justicia del partido, como ante el TEPJF, por 10 militantes de diversas entidades del país, algunos de ellos aspirantes a dirigir a ese partido en municipios o estados.

Hoy en sesión pública los magistrados ordenaron a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena (CNHyJ) que resuelva de manera conjunta todas las quejas que se presenten contra la Convocatoria emitida por el CEN de Morena en marzo y en junio.

También le emplazó a cumplir el debido proceso al resolver las impugnaciones que le fueron presentadas, pues no informó a los quejosos sobre el informe que rindió el CEN sobre la emisión de la convocatoria a Congreso, con el fin de expresar lo que a su derecho conviniera.

“Posteriormente esta (la CNHyJ) deberá dictar una resolución que proceda conforme a derecho atendiendo los motivos de inconformidad relacionados con el derecho de audiencia de las y los aspirantes a participar en dicho proceso interno y la oportunidad de hacer campaña”, determinaron los magistrados del TEPJF .

En sesión pública los juzgadores resolvieron impugnaciones a diversas decisiones y etapas relativas al proceso interno.

Así, además de revocar una amonestación que se había impuesto al líder de los diputados federales morenistas, Mario Delgado, se confirmó como válido el regreso de Bertha Luján como presidenta del Consejo Nacional de Morena, cargo del que solicitó su separación el 18 de octubre de 2019 para participar en el proceso de elección interna morenista, pero tras anularse ésta, el 30 de octubre, decidió reintegrarse el 10 de noviembre.

En otra sentencia, los magistrados del TEPJF ordenaron a la CNHYJ fundar y motivar una resolución del 17 de abril pasado, por la que determinó que la secretaria general de Morena, Yeidckol Polevnsky y Carol Arriaga García, secretaria de la Mujer del CEN, no incurrieron en “promoción personalizada a través de la propaganda del partido” y por tanto decidió desechar una queja contra ambas.

El quejoso, el morenista Fernando Simón Solís, reclamó que la CNHyJ no analizó su queja y emitió una resolución sin argumentos. El TEPJF le ordenó a esa Comisión subsanar esa falta.

Los magistrados dejaron para otra sesión la resolución del caso del aspirante a dirigir Morena, Alejandro Rojas Díaz Durán, quien fue sancionado por la CNHyJ con 6 meses de suspensión de sus derechos por supuestos actos anticipados de campaña interna, lo que lo dejaría fuera de la posibilidad de participar en el relevo de liderazgos.

maot

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