Más Información
Ola de violencia continúa en municipios de Guerrero; hallan 3 cadáveres de sujetos con identificaciones de Guatemala
Perfilan que Megafarmacia cambie rol en distribución; servirá para medicamentos que requieran congelación y como reserva estratégica
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el Congreso del estado de Puebla no alteró el marco jurídico aplicable al proceso electoral al establecer que el próximo gobernador deberá rendir protesta ante el Tribunal Superior de Justicia y no ante el Poder Legislativo local.
El pasado 30 de julio el Congreso del estado reformó su Constitución para establecer esa nueva modalidad en la protesta al cargo, pero Morena solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarar la invalidez de esa enmienda, por inconstitucional.
En sesión privada, el pasado domingo, los magistrados establecieron que “la manera en que la persona electa para ocupar la gubernatura estatal rinda la protesta del cargo no tiene efecto alguno en el proceso electoral que actualmente se desarrolla en el estado” y por tanto no implica una modificación legal sustancial.
La toma de protesta es un tema electoral, está vinculada al ejercicio del derecho político-electoral a ser votado, pero “se ubica, temporalmente, fuera del proceso electoral” que concluye con los cómputos y declaraciones de validez que realice la autoridad administrativa, o en su caso, con las resoluciones que pronuncie en última instancia el Tribunal competente”, resolvió.
Por eso, los cambios a sus modalidades “no constituyen modificaciones legales fundamentales”.
Morena promovió ante la Corte una acción de inconstitucionalidad en contra de los cambios a los artículos 57, 61 y 75 de la Constitución de Puebla, pues a su juicio vulneran el artículo105 de la Constitución federal, que prohíbe hacer modificaciones legales fundamentales a disposiciones electorales durante un proceso electoral.
Con los cambios se vulnera la estabilidad que debe tener el sistema electoral para dar certeza, según Morena,
La opinión de la Sala Superior del TEPJF fue emitida como parte del desahogo de la acción de inconstitucionalidad que analiza la SCJN y cuyo análisis está a cargo de la ponencia del ministro Fernando Franco González, quien solicitó al TEPJF su opinión.