Limitaciones en la legislación han conducido a niveles exorbitantes de impunidad, y corregir esos errores debe realizarse en el Congreso de la Unión, sin afectar derechos fundamentales, señala Y matiza: “Violar derechos de los delincuentes no los hace inocentes”.

Dice que la ley es “fuente de impunidad” y no se le puede pedir “respuestas eficaces a autoridades maniatadas” por un orden normativo que ha fracasado y, sobre esta experiencia, propone que la reforma de justicia penal en gestación incluya un órgano de seguimiento que examine errores y aciertos, “y no entreguemos un cheque en blanco a las autoridades judiciales”.

Jurista que ha sido ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), procurador General de la República (PGR) y de Justicia del entonces Distrito Federal (PGJDF), director del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Valadés Ríos afirma que la falla en la justicia “no es que sea culpa de los jueces, es que no hay instrumentos de acceso a la justicia a disposición de la población general”.

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En entrevista con EL UNIVERSAL, quien también es miembro de El Colegio Nacional, de la Academia Mexicana de la Lengua, así como presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, dice que desde hace décadas “es muy difícil el acceso a la justicia” y ello explica las protestas como, por ejemplo, de padres de niños enfermos, para quienes no hay atención diligente por parte de la autoridad jurisdiccional.

Hay reacciones en contra de versiones sin autor de reforma de justicia penal, ¿cuál es su punto de vista?

—Si el sentido de las reformas que se plantean o se plantearán en un futuro cercano, es de fortalecer la capacidad de respuesta del Estado, ante el delito, estoy convencido de que deben ser analizadas con mucha seriedad, con un sentido constructivo y que todo aquello que se considere compatible con los objetivos y el Estado de derecho conviene aprobarlo.

Existe en la Constitución un precepto, como el que aparece en la fracción novena del aparato A, del artículo 20, que señala que toda prueba obtenida con violación de los derechos fundamentales se considera nula.

Quien viole derechos humanos debe ser objeto de sanción, pero cuando los derechos que se violan son los del delincuente, la sola violación no convierta al hampón en inocente, y eso es lo que ocurre en este momento.

¿Otro enfoque?

—Como ejemplo, si se detiene a personas en flagrancia en posesión de droga, contrabando, armas, dinero en efectivo en grandes cantidades, que por lo general corresponde al tráfico de droga o al ejercicio de actos de extorsión. Si se captura a personas así, pero no hubo por decir algo, orden de cateo, la falta de la orden de cateo puede dar lugar a una sanción con relación a quién entró sin ésta, pero no significa que las personas que hayan estado en posesión de armas, drogas, contrabando y dinero de origen ilícito se conviertan en inocentes y queden impunes, que es algo que infortunadamente viene pasando con mucha frecuencia.

Nosotros exigimos como sociedad respuestas eficaces, pero no podemos pedirle respuestas eficaces a autoridades maniatadas.

¿Que las autoridades no estén maniatadas debe revisarlo bien el legislador?

—Debe revisarlo bien. Sugiero para una reforma como la que se puede plantear que se prevea que así como hay un órgano encargado de verificar la eficacia de las políticas en materias de bienestar y de desarrollo, el Coneval debe acompañarse del establecimiento de un órgano de seguimiento y evaluación de las políticas en materia de justicia.

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No estoy pensando en los órganos que ya existen, sino a propósito de la reforma para que en un tiempo que el legislador considere adecuado se haga una revisión y se examinen errores y aciertos, y se planteen las correcciones que correspondan, de suerte que tampoco le entreguemos un cheque en blanco a las autoridades judiciales, pero sí que les demos instrumentos que luego la sociedad pueda evaluar y modificar.

¿Los convenios internacionales estarían bajo la lupa con la propuesta de reforma de justicia?

—Los convenios internacionales y la Constitución proscriben la tortura, pero es muy diferente que quede en la impunidad la persona que afecta derechos fundamentales de terceros, a decir que una persona pueda delinquir, pero si en el proceso de su detención se violó algún tipo de derecho, eso lo convierta en inocente. Eso no aparece en ninguna convención internacional, pues ninguna establece la impunidad de aquel a quien le violaron un derecho.

El arraigo se ha buscado que no exista y aquí sí lo consideran esos documentos sin autor.

—Habría que considerar en qué términos y condiciones se plantea el arraigo, pero no rechazarlo de entrada de manera categórica, no dejar al Estado en indefensión y, por ende, a la sociedad. Algunos elementos de nuestra legislación penal y otros en materia de amparo se han construido sobre la hipótesis de la desconfianza en el Estado. Si partimos de la desconfianza en el Estado y a la vez le exigimos que dé resultados, estamos construyendo un oxímoron, esto es, un planteamiento contradictorio, pues le tenemos confianza al Estado o no.

El principio de la inocencia de todos como presunción constitucional debe extenderse también al Estado, y partir de la idea de que actúa de buena fe.

¿De esta reforma en justicia penal, cuál es su reflexión hacia los legisladores?

—Advierto en los legisladores, sobre todo por lo que ocurrió en el Senado, que hay una legítima preocupación por evitar que las autoridades, sobre todo las que ejercen tareas de carácter penal, tengan atributos que puedan llevar a la arbitrariedad.

Hay que corregir los elementos que se hayan advertido en la legislación vigente que propician o facilitan la impunidad, y los legisladores tienen que estar conscientes de que su responsabilidad también consiste en asumir los riesgos de volverse a equivocar, pero tienen que partir de la base de que los anteriores representantes ya se equivocaron al construir un orden normativo que ha fracasado.

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¿Habría nueve proyectos, uno toca al Poder Judicial Federal?

—Hay muchos aspectos del Poder Judicial que deben ser modificados. Nuestra justicia es muy lenta por un lado, y el acceso a la justicia en México está muy dificultado. Un ejemplo: acabamos de ver un grupo de padres y menores de edad que obstaculizaron los accesos al aeropuerto. ¿Porque ocurrió eso? No sólo por lo que se aducía a la falta de medicamentos, sino, claramente, porque no hay una posibilidad de acceso a la justicia que hubiera facilitado a esos inconformes, por derecho propio y en representación de los niños para acceder a una instancia jurisdiccional y que obtuvieran una respuesta satisfactoria y rápida.

El acceso a la justicia en México es muy difícil. Quienes tienen capacidades de litigio en el país son pocos y eso está muy relacionado con la capacidad socioeconómica de los justiciables. Las personas de escasos recursos no tienen forma de acudir y obtener respuestas diligentes por parte del aparato judicial.

No es que tengan culpa los jueces, es que no hay instrumentos de acceso a la justicia a disposición de la población. Entonces, los que sienten afectados sus derechos tiene que acudir, no a las vías de Derecho, sino a las de hecho, eso lo constatamos a diario en México.

El problema de la justicia no está en la forma como esta organizada la justicia, sino en que el Estado mexicano no ha dotado a la sociedad de mecanismos para acceder a la justicia y obtener respuestas.

¿Tarea importante que deben realizar los congresos?

—Este es un déficit el del acceso a la justicia que hemos acarreado por décadas. No es un problema de este año, es de décadas.

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