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En estas fiestas patrias , los alcaldes mexicanos no podrán utilizar la banda presidencial para adornarse durante las ceremonias de grito de independencia.
Así lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al determinar que sólo el presidente de la República tiene autorización legal para portar la banda presidencial .
El asunto fue discutido hoy en la Primera Sala de la Corte, donde los ministros apoyaron la propuesta de José Ramón Cossío Díaz con la que se prohíbe a los alcaldes utilizar el distintivo.
Así, José Román Bartolo Pérez, alcalde de San Salvador El Seco, Puebla , quien llevó el tema a la Corte, perdió la batalla contra la supuesta inconstitucionalidad que representaba para él que el titular del Ejecutivo sea el único que tenga esa distinción.
En la ceremonia del 15 de septiembre de 2014 Bartolo Pérez utilizó una banda presidencial durante el grito, con lo que la Secretaría de Gobernación inició una investigación.
El alcalde promovió un amparo en el que alegó que la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales vulnera el principio de igualdad por limitar el porte de la banda presidencial sólo al Presidente de la República.
Agregó que en fechas tan memorables para el país como la ceremonia del grito de independencia los presidentes municipales, que fueron electos popularmente , también deberían estar habilitados para portar la banda presidencial para fomentar la solidaridad nacional y la conciencia de libertad y soberanía.
El amparo le fue negado y el juez que la emitió argumentó que esta limitación obedece a que la banda presidencial es “una forma de presentación de la Bandera Nacional y es el emblema del Presidente de la República, el cual, a su vez, encabeza la administración pública federal, tiene a su cargo la jefatura de Estado y comanda la totalidad de las fuerzas armadas”.
La resolución fue confirmada hoy por la Primera Sala de la Corte , por lo que ni Bartolo Pérez ni ningún otro alcalde podrá portar la banda tipo presidencial en los actos públicos de las fiestas patrias sin el riesgo de ser investigados y posteriormente sancionado por la Segob.
lsm/ml