La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el criterio emitido por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHyJ) de Morena sobre la reelección de dirigentes, y le ordenó emitir uno nuevo, en el que quien fue electo en 2012 y 2015 no podrá postularse nuevamente al mismo cargo, o a uno del mismo nivel.

Aunque la Sala Superior aclaró que la sentencia no se pronunció sobre la elegibilidad de quienes buscan participar en el proceso de renovación de dirigencias nacionales y estatales de Morena , con la resolución la actual secretaria general en funciones de presidenta, Yeidckol Polevnsky y la presidenta del Consejo Nacional morenista , Bertha Luján , no podrían postularse o al menos está en duda que cumplan los requisitos.

Solamente podrán tener derecho a la reelección consecutiva quienes resulten electos en cargos dirigentes en noviembre de este año, resolvió el TEPJF , órgano que emplazó a la CNHyJ a emitir nuevos criterios que incluyan esto a más tardar 24 horas después de que sea notificada.

El pasado 11 de septiembre, la CNHyJ emitió sus criterios de interpretación de los artículos 10 y 11 del Estatuto sobre la reelección en los cargos de dirigencia y acordó que esa figura para los integrantes de órganos ejecutivos “se encuentra sujeta a un máximo de tres periodos (una primera elección y dos postulaciones sucesivas) de manera consecutiva, lo que significa que podrán reelegirse hasta por nueve años ”.

El Estatuto de Morena prohibía la reelección consecutiva de integrantes de órganos ejecutivo y de consejeros en 2012, cuando comenzó el proceso de búsqueda de registro como partido. Esa restricción se mantuvo al obtener el registro, pues para esa posibilidad se exigía que pasara un periodo de 3 años.

Pero en noviembre de 2018 hubo reforma estatutaria y se abrió el candado para permitir reelección consecutiva , sólo que acotada.

Se incluyó que “quien ocupe un cargo de dirección ejecutiva (comités ejecutivos municipales, estatales, nacionales) podrá postularse de manera sucesiva para distinto cargo del mismo nivel hasta en dos ocasiones en cuyo caso, para volver a integrar un órgano de dirección ejecutiva, en ese nivel, deberá dejar pasar un periodo de 3 años”.

Es decir, podría ocurrir la elección en un cargo y luego una segunda postulación a un cargo distinto del mismo rango, es decir, una sola reelección. Para una segunda reelección debían pasar 3 años.

En el caso de consejeros nacionales y estatales se incorporó que “sólo podrán postularse de manera sucesiva hasta en dos ocasiones, en cuyo caso, para volver a ser consejeras o consejeros nacionales y estatales, en ese mismo nivel, deberán dejar pasar un periodo de tres años”.

En el criterio de la CNHyJ, en 2012, tuvo su primer proceso de elección de dirigencias, y en 2015 quienes volvieron a quedarse fue porque participaron en una “primera postulación consecutiva”, por lo que en el proceso de 2019 habría una “segunda postulación consecutiva” permitida.

De ese modo, alguien en cargo dirigente desde 2012 podría seguir hasta 9 años, es decir hasta 2021.

Sin embargo, a juicio del TEPJF eso fue incorrecto porque la reforma estatutaria que en 2018 abrió los candados a la reelección en Morena incluyó un artículo sexto transitorio en el que expresamente estableció “lo contemplado en los artículos 10 y 11 comenzará a computarse a partir de la nueva integración paritaria en 2019”.

En su sentencia la Sala Superior estableció por tanto, que la posibilidad de reelección de quienes actualmente ocupan cargos en órganos de dirección ejecutiva o en los congresos, se sujeta a lo que originalmente preveían sus estatutos, es decir sí es posible la reelección consecutiva hasta por una ocasión, siempre y cuando haya un periodo intermedio de 3 años.

Conforme a l Estatuto de Morena y su artículo sexto transitorio tendrán derecho a la reelección consecutiva quienes resulten electos en cargos dirigentes en noviembre de este año, resolvió el TEPJF.

Polevnsky fue electa secretaria general en 2015 y desde 2017 es secretaria general en funciones de presidenta, en tanto que en noviembre de 2018 el Congreso Nacional de Morena autorizó que se prorrogaran funciones todos los órganos de dirección y conducción del partido.

Es así que Polevnsky buscaría una primera reelección permitida en un cargo ejecutivo del mismo nivel, es decir ahora como presidenta, no como secretaria general; sin embargo buscaría ser de nueva cuenta consejera nacional de forma consecutiva, pues lo es desde 2015.

Luján Uranga, en tanto, fue secretaria general de 2015 a 2017 y por tanto integrante del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), además de consejera nacional desde 2012. Hoy es presidenta del Consejo Nacional, por lo que no podría concretar una reelección consecutiva de nueva cuenta como consejera.

Ambas dirigentes son consejeras nacionales, pues el artículo 37 del estatuto establece que sólo los que tienen ese cargo pueden integrar el CEN y por tanto ocupar secretaría o presidencia.

La resolución del TEPJF fue propuesta por el magistrado Indalfer Infante Gonzáles y aprobada por unanimidad del pleno el pasado 9 de octubre, pero con la ausencia de los magistrado s Janine Madeline Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón .

Durante el proceso, Morena alegó que el impugnante, José Manuel Aguilar, no veía afectados sus derechos con el criterio impugnado, sin embargo los magistrados determinaron que como militante tenía derecho a impugnar las resoluciones de su partido.

El quejoso alegó que la CNHyJ aplicó de forma retroactiva el derecho a la reelección por dos ocasiones, misma que se incorporó hasta 2018, por lo que no aplica a los que fueron electos en 2012 (es decir, el caso de Luján Uranga) lo que transgredió la certeza jurídica.

cev

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