Para el regreso a la normalidad, los consulados de México en el exterior, sobre todo los acreditados en Estados Unidos, deben adquirir una serie de insumos para la protección sanitaria.

Sin embargo, antes de que en los consulados se adquiera un termómetro, se deberá hacer un estudio costo-beneficio y solicitar la autorización para las adquisiciones.

Así lo dio a conocer la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a las representaciones de México.

En un oficio recién enviado a las representaciones y del cual EL UNIVERSAL tiene copia, la dirección pide que, al hacer la solicitud de autorización para comprar algún insumo, se presente un escrito de justificación y se informe el número estimado de personas que harán uso de los bienes solicitados.

A la fecha, son 43 los consulados de México en Estados Unidos que regresaron a actividades. Antes de ello, la Dirección General de Servicios Consulares emitió una serie de lineamientos a seguir para el regreso a la normalidad.

Entre los lineamientos, se ordena tomar las medidas de sanitización, a fin de atender a las personas que acudan al consulado.

En el oficio enviado se detalla que, en seguimiento a la Estrategia para la Reanudación de Servicios Consulares Post-Covid-19 de la Cancillería —en lo referente al manejo administrativo—, se pide identificar proveedores locales que ofrezcan productos con calidad deseada en los mejores términos posibles y enviar la cotización a la dirección general de bienes inmuebles.

“De acuerdo con el Clasificador Único de las Contrataciones Públicas [Cucop] (…) existen varios tipos de termómetros [de los que se requiere] su adquisición (…) Es necesario llevar a cabo la investigación de mercado correspondiente y solicitar a bienes inmuebles la autorización para la compra”, refiere el escrito.

Además, se debe llenar un formato en el cual se incluya un cuadro comparativo de cotizaciones.

“Escrito de justificación del área usuaria o requirente para realizar una contratación de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

“El número estimado de personas que harán uso de los bienes solicitados. Recabar una cotización en esquema de renta e informar el costo del mismo por un periodo de cinco años”, se añade.

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