Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF ) confirmaron una multa al hoy gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco ”, por recibir aportaciones prohibidas durante su campaña como candidato independiente a gobernador, en 2015.

El ahora mandatario omitió rechazar la aportación en especie proveniente de una persona física con actividad empresarial, y por una persona moral, aportaciones que consistieron en el servicio de envío de esos mensajes SMS, en total un millón 145 mil 58, por un importe de 687 mil 34 pesos.

En los mensajes se decía “Soy Jaime Rdz. Si eres Bronco y quieres ser parte de la historia responde Sí a este msj y un voluntario de mi equipo te va a llamar” , lo que se hizo con el fin de integrar una base de datos y reclutar simpatizantes.

Además omitió reportar gastos por la creación y mantenimiento de una página de internet por un monto de 10 mil pesos.

La ley y la Constitución prohíben a partidos y candidatos recibir aportaciones en especie o en efectivo de empresas o personas físicas con actividad empresarial, por lo que se confirmó la falta y la sanción por 115 mil 328 pesos.

Los magistrados de la Sala Superior desestimaron los alegatos del mandatario en el sentido de que no se acreditaron las faltas o ya había vencido el plazo para sancionar pues la elección fue en 2015.

La Sala resolvió que “el plazo es constitucional porque las facultades para fiscalizar son permanentes y la responsabilidad para cumplir las reglas en la materia subsiste hasta su cumplimiento, de ahí que resulte intrascendente que haya concluido el proceso electoral respectivo”.

La Sala también resolvió un incidente sobre la falta de sanción del Congreso del Estado de Nuevo León al mandatario, derivada de la sentencia de la Sala Regional Especializada del TEPJF que determinó su responsabilidad en el uso de recursos humanos –trabajadores del gobierno estatal- para obtener en 2017 Y 2018 respaldos ciudadanos a favor de su candidatura presidencial por la vía independiente.

En esa sentencia se ordenó al Congreso del estado de Nuevo León que a más tardar al término del periodo ordinario de sesiones emita un acuerdo en el que determine la sanción o sanciones que deben imponerse a los recurrentes al haber resultado responsables de infringir la normativa electoral.

La sanción deberá aplicarse porque se acreditó que 572 servidoras y servidores públicos y Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón en su calidad de Gobernador, violaron el principio de neutralidad e imparcialidad del servicio público para influir en la competencia entre quienes aspiraban a una candidatura independiente a la Presidencia de la República.

rmlgv

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