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La sanción a la otrora candidata presidencial independiente, Margarita Zavala , por presentar apoyos irregulares para obtener la postulación, deberá ser reducida otra vez, ordenó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La sanción de 80 mil 600 pesos impuesta por la Sala Regional Especializada del Tribunal vulneró el principio de igualdad y no se definió con criterios objetivos, se acordó con votación de cuatro magistrados en pro y tres en contra.
En sesión pública, los magistrados explicaron que la falta de criterios claros se hace evidente, pues a Zavala por 212 mil fotocopias y 430 simulaciones de credencial de elector se le impuso –después de varias rebajas- una sanción de 80 mil 600 pesos.
En cambio, por 811 mil 969 apoyos irregulares presentados por Armando Ríos Píter le hubieran correspondido 1 millón 510 mil 723 Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, 121.7 millones de pesos; y al gobernador de Nuevo León, J aime Heliodoro Rodríguez “El Bronco” , mucho más: 292 mil 417 UMAS.
Esas son cantidades insostenibles, irrazonables e incluso rebasan el tope de sanciones a imponer (5 mil UMAS), expuso el magistrado ponente del caso, Reyes Rodríguez Mondragón, al indicar que debe haber criterios objetivos e igualmente aplicados para sancionar las mismas irregularidades.
Explicó que existe jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que protege la igualdad de criterios para la misma falta, pues distintos parámetros para el mismo hecho vulnera la garantía de igualdad.
Aunque no se pueden fijar absolutamente todas y cada una de las infinitas circunstancias, y hay cierta discrecionalidad del juez al imponer sanciones, debe haber argumentación y criterios para que todas las personas conozcan las razones por las que en uno y otro caso existen sanciones diferentes, eso daría certeza al ejercicio sancionador, explicó el magistrado Reyes Rodríguez.
La Sala Regional Especializada, misma que impuso la sanción, fijó una multa de 3 mil 240 pesos a Zavala, monto que fue impugnado, por lo que estableció un segundo monto, de 201 mil 500 pesos.
La exabanderada recurrió ante la Sala Superior, misma que ordenó reindividualizar la sanción, misma que fue tasada por la Sala Regional en 80 mil 600 pesos.
Este miércoles, al resolver una nueva impugnación, los magistrados ordenaron a la Sala Regional en sesión pública, volver a recalcular la sanción y hacer explícitos los criterios de ésta. Pero en la sentencia se aclaró que no podrá modificarse la multa a Zavala, en su perjuicio.
rmlgv